Page 67 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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                 2?  El de las listas pasiYas:
                 3?  Los sueldos de1  Ejército  y 1''farinu:
                 4?  Los gasto/:)  que  demundcu el 111ateriul  oréU-
           nario rle  todns las ofil'inas:
                 5?  Todo gasto verma.neutc, creatlo por  ley  ex-
           pre:-,a  y  que sólo  pueda Rnprimirse por otra ley:
              ~trt.  4? Los ingreso:,{  que deben figurar e11  el  Pre-
           supuesto extraordinario  son los siguientes:
                 1?  Los productos de c1npréstitos conversiones,
                                                          1
           intereses 6 cualesquieTH  otros  uproYC:lchmnientos  de
           operaciones financieras a.utoriiadas por la ley.
                 2?  E1  producto de los  arr(.)ndantieutos  de  nue-
           Yos  bienes que adquiert1  el  Estado, 6  de  Empresa:;
           de propiedad 11aci01rnl  que empiecen á  e.xplotars& y
           {i  producir:
                 3?  Las nuevas contribuciones y el  producto de
           cualquiPra otra entracla ü11preYista.
                 Art.  5?  Son  egresos  que  deben  fignrar e1,  el
           Presupuesto  extraordin.ado:
                 1.  0   Lm:;  g-astos Je obrHs públicas que deheu Üri·
           ejarse ó concluirse durante el  bienio econfonico:
                 2.  0   Los gnsi.os que demande la arlqnisi.ción  del
          1J1ateria]  pura el S('rYicio  del  f>j(•rcito,  de la mari1rn,
           de las  facto1·fas  y  demás  instituciones  ó  estab1eci.-
          1nientos naciouo]es que Jo  requieran;
                   0
                 3.  Los extraordinarios de los  diferentes depar-
          tamentos de la Administración;
                 .J'?  Los que demancle el  servicio de nueYas c1eu-
          das·
               )
                5~  Los que Laga uecesnrios  el sostenimiento de
          una guerra oxtrcn1gera 6 el  restablecimiento  del or-
          den constjtncional;
                 6?  Ji'jna1 mente todo desern bolso  que  por ::;u  na-
          turnJeza no sea pennan0nt0 ó figure por prin1era vez
          entre los gastos públicos.

             Art.  ü?  El  Poder  Ejecutivo presentará  á  las Cú-
          maras en la época fijada por la Uon~titución, los pre-
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