Page 54 - Constitución de 1860: con sus reformas hasta 1900
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           primero por el signo de ponerse en pié; segundo por
           la expresión de Si 6 No  que profiera cada vocal.  ·
               Art.  2?  El primer 1nodo se ·Ob5ervará  cun.ndo  la
           votación verse  sobre si se  admite ó nó  á  discul.4i6n,
            sobre si está ó nó bastante discutida ó sobre  la  pro-
            posición mjsma.  El segundo en los mismos  casos y
            especialmente  en el último,  exigié11dolo así  la  im-
           portancia del asunto, á juicio de las  respectivas  Uá-
           maras, ó del Congreso en su caso.
               A rt.  3? Esta  votación se hará como  si¡;ue;  d(·cln-
           ra,do eJ  punto J O!'  discutido, el  Pl'esjdenh·  1nandará
           leer el punto en cuer:;tión y dirá:  ((Los $e?1o.rcs  rl'w  8() n
            de  opinión  ele  que se  adopte  la proposicion,  tr11drlw  la
            bondad de ponerse de pié».  El Secreta.río los  contará
           publicará su número y  anotaTá en  el  bol'rndor 6 re-
           gistro que lleve del acta.  En segnida volverá  á de-
            cir el  Presidente:  «Lo.s .~eñores  qne  son de  < ont1·á1·,icc
           opinion a la 1n·oposicifm,  tend1·rr/n  la  bondad (le  ponl?'-
           .se  lle pié,i  El Secretario los contará y hürá lo mismo
           que con los de la afirmativa.

               Art.  4?  Unos y  otros deberán  conservaTse de  pié
           á su vez,  hasta que el Secretario publique el  resulta-
           do de la respectiva votación.
              Art. 5?  Durante la votacjón nadie  puedo sa1ir ni
           entrar, y  los que no ha.yan concurrido absolutamen-
           te  al debate, tampoco serán admitidos á votár.  (J)
              Art.  6?  Los que estuvieren presentes en el acto de
           ]a votación, no podrán excusa1·se  de ella, bajo  nin-
           gún pretexto, ni votar los interesados personal mp11ü\
           eñ el asunto Je qne se  traLa. (2)
              A rt. 7~l La . .,  ootaci O'I u~s  8e d cridi1ra II  par· p ltt ra lfrlru 7
           et bso lit ta; ,:,sfo  eR rw r  n1<'r 8 ,1 e ,,a rn i t ad. ( ~3)
                                     1
              Art.  8~  El  Presidente de  uua y otra  Cá1nara  no



               (11 AtUciona<'lo.  Vénsc1a,página.:'l·I,  actí<"lim  U~
               ('2  Arhcfonaclo.  V éase Ja p(11,?ina 81; ndic.ión 12~
               (:~  Modifkado.  VéA.c;e Ja pt\gina :~~ adición 10
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