Page 212 - Vida y Obra de Vizcardo Guzman - Vol-1
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Volumen 1
La herencia de los Viscardo
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DON TOMÁS PÉREZ DE ARROYO, COMO APODERADO DE LOS VISCARDO, SUPLICA AL
MINISTERIO DE INDIAS EL COBRO Y ENVÍO DE SUS BIENES HEREDITARIOS
Madrid, 23 junio 1785.
Señor: Don Josef Anselmo y don Juan Pablo Viscardo, naturales del
obispado de Arequipa en el Perú, estudiantes secularizados que fueron de la
extinguida Compañía de Jesús, residentes ahora en Masa de Carrara, a los
reales pies de V.M. dicen:
Que, a conseqüencia de la real cédula de 5 de diziembre de 1783, en
que V.M. se dignó declarar a los coadjutores y demás individuos de aquel cuer-
po expatriado (que por la bula de extinción quedaron seglares) con capacidad
para adquirir los bienes muebles o raíces y otros efectos que hubiesen recaído
en ellos y les correspondan por herencias de sus padres, parientes o extraños,
mandas o legados, bajo las reglas y prevenciones contenidas en la citada real
cédula a favor de los mismos expulsos, pasaron los suplicantes a otorgar sus
poderes a favor de los doctores don Antonio Ventura Varcárcel y don Jorge
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Medrano, prevendados de la santa iglesia de dicha ciudad de Arequipa, con
la confianza de que, por su estado y carácter, podrían proceder con menos
respetos al recobro de sus lexítimos derechos, dimanados de las herencias de
su padre y su tío, nombrado don Silvestre Viscardo, presbítero, que les ins-
tituyó sus universales herederos en el remanente de sus bienes, pagadas que
fueron algunas mandas especiales que hizo; y posteriormente lo han otorgado
general a don Thomás Pérez de Arroyo, agente de los del número de vues-
tro supremo Consejo de Indias, que firma esta representación por la mucha
satisfacción que tienen de su persona, para que por su dirección y acuerdo
tenga efecto el reintegro de sus derechos, y cese el gravísimo perjuicio que han
padecido hasta el presente, viéndose privados, en medio de sus necesidades,
de las asistencias y alivio que devían proporcionarles sus propios bienes Y a
fin de conseguir un objeto tan justo y conforme a las piadosas intenciones de
V.M. y evitar assimismo qualquiera pretexto con que se quiera intentar la re-
tención de los bienes que les correspondan o sus productos, prevaliéndose del
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3. La escritura de poder a favor de los prebendados de Arequipa, no se ha hallado, como tampoco la
otorgada a don Tomás Pérez de Arroyo, a la que se alude al final de este documento. Este último era
también paisano de los Viscardo [nota del editor Batllori].
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