Page 204 - Vida y Obra de Vizcardo Guzman - Vol-1
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Volumen 1
La herencia de los Viscardo
en la adjunta promemoria, se les adjudiquen sus bienes, tanto patrimoniales
quanto los que los dexó su tío el licenciado don Silvestre Viscardo; y para que
se les asseguren y faciliten los alivios que entiende la real clemencia, con res-
pecto a la distancia de lugares y demás obstáculos.
Grazia que esperan de la benignidad de V.S. Illma., cuya importante
vida guarde Dios muchos años.
Genova y mayo 28 de 1784.
B. l. m. de V.S. Ilma. sus más rendidos servidores,
Don Josef Anselmo Viscardo.
Don Juan Pablo Viscardo.
Illmo. señor conde Campomanes.
Todo autógrafo de José Anselmo, menos la firma de Don Juan Pablo
Viscardo.
Santiago de Chile, Archivo Nacional: Jesuítas, Perú, 112, f. 30r.
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PROMEMORIA SOBRE LA SÚPLICA CONTENIDA EN EL DOCUMENTO ANTERIOR
Don Anselmo y don Juan Pablo Viscardo, de la diócesis de Arequipa
en el Perú, estudiantes que fueron de la extinguida Compañía, representan
con el más profundo respeto que antes de ser expatriados gozaban la posses-
sión de su herencia paterna, de la que en ningún tiempo han hecho cessión o
renuncia alguna. Representan también que en el año 1776 el licenciado don
Silvestre Viscardo, su tío, los nombró sus herederos universales, asignándoles
el espacio de diez años, durante el qual pudiessen, bolviendo a su patria, ser
abilatados a heredar y manejar bienes, debiendo entretanto su azienda quedar
depositada en poder de su albacea y executor testamentario, su primo el Dr.
don Ramón Bedoya Mogrovejo, ordenando asimismo que, si los diez años
prescritos terminassen sin efecto favorable a los referidos sus sobrinos, enton-
ces su herencia pasasse a las tres hermanas seglares de los mismos. Debiendo,
pues, a tenor de dicho testamento, permanecer en depósito la herencia y sus
productos para entregarse a los herederos, como tales piden los sobredichos
hermanos que, junto con la herencia mencionada de su tío, se les adjudiquen
sus productos de los años pasados.
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