Page 206 - Vida y Obra de Vizcardo Guzman - Vol-1
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Volumen  1
                                                                    La herencia de los Viscardo
                    Madrid, quince de junio de 1784.    Pablo Viscardo, solicitando se
                    Al Sr. fiscal con los antecedentes.    conceda la administración de su
                                                        herencia al sugeto que expresan.
                    Despido y firma de Cornejo, autógrafos.


                        Santiago de Chile, Archivo Nacional: Jesuítas, Perú, 112 ff. 31r, 32v.
               Minuta en Barcelona, Archivo de la Corona de Aragón: Legación de Génova, cajón 12, leg. 6.



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                  EL CONDE DE CAMPOMANES ACUSA A DON JUAN CORNEJO RECIBO DE LOS
                                      DOCUMENTOS ANTERIORES


                    Madrid, 21 junio 1784.
                    Con la carta de V.S. de 21 de mayo próximo pasado he recibido el
            memorial de los ex jesuítas don Josef Anselmo y don Juan Pablo Viscardo,
            solicitando se conceda la administración de su herencia al doctor don Ramón
            Montoya [sic] Mogrovejo, el que he pasado al Consejo extraordinario para
            que tome la providencia que estime.
                    Dios guarde a V.S. muchos años.
                    Madrid, 21 de junio de 1784. El Conde de Campomanes.
                    Señor don Juan Cornejo, Génova.

                   Barcelona, Archivo de la Corona de Aragón: Legación de Génova, cajón 12, leg. 6.




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                  EL FISCAL INFORMA QUE EL ASUNTO DE LOS HERMANOS VISCARDO DEBE
                                   PASAR AL MINISTERIO DE INDIAS


                    Madrid, 6 julio 1784.
                    El fiscal ha visto el recurso que hacen en el día D. Josef Anselmo y D.
            Pablo Viscardo, ex jesuítas de la provincia del Perú, sobre el goce de los bienes
            patrimoniales que suponen les pertenece; y, hecho cargo de los antecedentes,
            dice que, sin embargo de que estas pretensiones son las mismas que tienen de-
            ducidas desde el año de 1773 y sobre que se tenía tomado algún conocimiento,



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