Page 326 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Volumen  1
                                                      Visita del Real Convictorio de San Carlos en 1815
                    Ganen pues por sí mismos las becas, sean ellas premio de la cordura y apli-
            cación y si a pesar de esto se hallaren algunas a quienes ni el estímulo de su propia
            conveniencia, ni el interés de sus Padres o Tutores atrajese al cumplimiento de sus
            obligaciones en el arreglo de sus costumbres y aplicación, sufra todo el rigor del
            decreto del Santo Concilio de Trento; pues aunque aquel habla de los seminarios
            clericales y acaso habrá alguno que objete que el de San Carlos no lo es, quando se
            trata del bien común de esta clase de institutos, las reglas son las mismas.
                    Expelanse previamente las precauciones que indica la prudencia, y va-
            yan con sus vicios a donde no contaminen, arránquese la zisaña que pueda
            ahogar la buena semilla; y procúrese de este modo, de un establecimiento tan
            piadoso y santo, todo lo que impida su fomento y conservación Discolos, et inco-
            rregibles admalorum morum seminatoris acriten puniant eos etiam, si quos jusxit
            expeliendo omniaque impedimenta auferentes que cunque at conservandum tan
            pium et santum institutum pertinere videbuntur, diligentes curabum.
                    El restablecimiento la conservación y utilidad del Convictorio de San
            Carlos con el objeto de la visita encargada por su Magestad en la Real cédula
            de quatro de Mayo de Mil ochocientos quince, y confiada por Vuestra Exce-
            lencia al Señor Don Manuel Pardo regente del Cuzco, quien lo ha desempeña-
            do dignamente.
                    Los puntos principales de reforma y restablecimiento que desea el Rey
            están bien indicados en su decreto de veinte y quatro de Mayo de ochocientos
            catorce, que cite arriba y terminan a asegurar una educación Cristiana y política
            que haga desaparecer los falsos y subersivos principios, que tanto han dado y
            están dando que sufrir al sosiego de los pueblos; y a la autoridad que lo govierna.
                    Vuestra Excelencia no puede menos que propender a lo mismo, así en
            cumplimiento del encargo que le hace su Magestad, como en conformidad de
            su notoria ilustración, y del convencimiento adquirido a costa de tantas fatigas
            y trabajos, como lo han llenado de gloria.
                    Y yo penetrado de estas consideraciones quedo en la confianza de que
            quanto llevo dicho, y expuesto por duro y exaltado que parezca a primera vista
            hallará en la prudente elección y claro discernimiento de Vuestra Excelencia el
            lugar que corresponda.
                    Nuestro Señor guarde a Vuestra Exelencia muchos años.
                    Lima y Mayo trece de mil ochocientos diez y siete.
                    Excelentísimo Señor Diego Antonio Obispo de la Concepción, electo
            de La Paz.



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