Page 319 - Vida y Obra de Toribio Rodriguez de Mendoza - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de Toribio Rodríguez de Mendoza
                    También será indispensable aumentar la contribución alimentaria de
            los pencionistas hasta la cantidad de los ciento cinquenta pesos, que prefija el
            Señor visitador; y por separado deverá pasarse a los encargados o padres de
            los postulantes, una nota de los muebles, libros, ropa exterior o interior, y de
            las prendas indispensables a su uso y desencia; lo qual contribuye notable-
            mente a que se vayan acostumbrando a las ideas de decoro y circunspección,
            propios de los ministerios a que se dirigen, e influye mas de lo que parece a
            primera vista en las costumbres mismas.
                    De estas prendas podrán los interesados disponer como les parezca a
            su salida del colegio, pero deverán conservarlas y renovarlas durante su exis-
            tencia en el, prohibiéndoseles absolutamente su exageración. Provistos por es-
            tos medios de las cosas necesarias, y subministrándoseles las refacciones con
            puntualidad a las horas señaladas deverá constantemente mantenerse cerrada
            la puerta del colegio con un portero permanente, que no permita la entrada
            ni salida sino con previa licencia del superior inmediato; y jamás a ningún
            colegial sólo, y libres por este medio los Maestros y alumnos de los cuidados
            caseros, podrán y deverán vivir con la contracción y recogimiento propio de
            estas casas, y dedicarse enteramente al desempeño de sus obligaciones; llegan-
            do con el tiempo a ser tan útiles a la Religión y al Estado, y así mismo, como el
            público tiene derecho a esperar.
                    Su Magestad se propone en la visita y reformas, Vuestra Exelencia con-
            seguirá sin duda llevándola a su fin, por todos los demás arbitrios que le dic-
            tan sus superiores luces, y facultades.
                    Nuestro Señor guarde a Vuestra Exelencia muchos años.
                    Lima Abril veinte y ocho de mil ochocientos diez y siete.


                    [Al margen: parecer del Señor obispo de la Paz] Exelentísimo Señor
            Máximo Ruiz de Navamuel.
                    Exelentísimo Señor Virrey Don Joaquín de la Pezuela.
                    Exelentísimo Señor = El despacho de los varios correos, que se han in-
            terpuesto en esta semana última me ha impedido instruirme con la prontitud,
            que quisiera de los quadernos de la visita del Convictorio de San Carlos que
            devuelvo, y que Vuestra Exelencia se sirvió remitirme, con su oficio de veinte
            y ocho del pasado a fin de que la preste mi dictamen, sobre los puntos a que
            termina dicha visita.





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