Page 396 - La Rebelión de Huánuco. Vol 5
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Volumen  5
               Oficios varios ante la Real Audiencia sobre las insurreción de los partidos de Huánuco, Panataguas y Huamalíes
            todas sus quejas y solicitudes se sofocaban ó entorpecían, como por las mitas,
            bagajes y servicios sin premio á que se les obligaba, repartimientos de mulas
            y otros comercios furtivos que con ellos hacían los Juezes y sus dependientes,
            prisiones, embargos, y precios bárbaros con que se les [Nota: No hay continui-
            dad en el texto].
                    Vuestra Alteza que las penas impuestas á ellos en la Sentencia decla-
            rándolos indultados; y en subsidio que se restituya la Causa al estado de Con-
            fesiones, ó de prueba como lo suplica el que habla; y de todos modos, que sean
            separados de los Partidos los Subdelegados y personas, que los extorcionan
            con reparos, comercios y servicios, de que dan idea la Carta de fojas 45, y to-
            dos los Autos, ó lo que mejor paresca para mantener en tranquilidad y justicia
            los Pueblos. Lima y Agosto 24 de 1812. Eyzaguirre (Rubricado).
                    Lima y Agosto 25 de 812.
                    Entréguense estos Autos por el preciso y perentorio término de dos
            días á cada una de las partes a quienes se les ha admitido la venia para suplicar,
            a fin de que aleguen dentro de él; y con lo que dixeren, o no se pasen inmedia-
            tamente al Señor Fiscal de Su [ilegible].


                    (Rúbrica). (Rúbrica). (Rúbrica). Pro (Rubricado).


                    En Lima y Agosto veinte y cinco de ochocientos doce Yo el Escribano
            de Cámara hice saber el Auto anterior a Lorenso Berrocal Provisión de que
            certifico. Pro (Rubricado).



                                               Nota


                    Sacó el Procurador Gutierres, por el Reo José Rodríguez estos Autos
            hoy Martes veinte y cinco de Agosto de mil ochocientos doce, a las dos de la
            tarde por encargo del Procurador Berrocal. Pro (Rubricado).
                    (Hoja en blanco).
                    Me ha sido muy estraño que en la causa criminal seguida de Oficio
            contra los reos de la Sublevación de Huánuco y otros Partidos de Tarma,
            habiendo firmado Vuestra Señoría una sentencia que por las calidades que
            contenía, pude haber mandado se executase en el momento; haya admitido
            después de algunos días, recurso sobre ella, con asistencia de dos Jueces que



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