Page 90 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Volumen 4
Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huamalíes
Es Señor contener la rapidés de una sublebación, u oponerce a ella lo
mismo que tratar de contener el curzo veloz de un caudaloso río que se preci-
pita por las Montañas, y cómo tratar de apagar un voras incendio quando no
le falta Pábulo de que alimentarse. Así Señor ha sucedido con la Sublebación
de aquel Partido que tomando origen en el Pueblo de Marias corrió velocíci-
mamente sobre Chuquiz y Chupan de donde se derramó a los demás Pueblos
como una fuersa ya irresistible llebándose tras sí, a los Pueblos por donde pa-
saban y requerían los insurgentes para que se les acompañase, con amenasas
de muerte a los que ó se opuciesen a su Partido ó repugnasen su compañía.
Díganlo por todos, la Muger enterrada viva por que aconcejaba con verdad lo
justo a los de su Pueblo de Chupan y los dos degollados en Llata, por que hicie-
ron resistencia como de Autos aparece en sus lugares respectibos del Sumario.
El terror que había yo concebido como todos los de mi Pueblo del en-
tierro espresado de María Bartola, y la muchedumbre de sublebados que nos
requirieron a seguirles, además de ser incontenible por nuestras fuersas hiso
imposible dejácemos de acceder al mandato de que les acompañésemos, y fue
preciso ceder ó esponernos, y esponerme a perecer a los rigores de su furia y
desenfreno.
Por esto, y no de nuestra voluntad libre les acompañamos en toda la
fatal espedisión y criminal correría que hicieron hasta Llata en donde los que
se vian abansado havían cometido sus crímenes y saqueo: De este modo lo
testifica el único testigo que tengo contra mi Ylario Román a fojas 137 buelta
Quaderno Primero, pues dice, y dice vien que quando llegamos al Pueblo de
Llata ya estaba saqueado.
Yo sabedor de la obligación que impone la Ley sobre lo sagrado del
juramento declaré ser verdad que había comandado la gente de mi Pueblo, por
lo que es visto si hubiese estado negatibo, no habría abido provansa contra mi,
pues era único el Testigo que me acusaba; pero es preciso que la Justificación
de Vuestra Señoría tenga precente mi justa escluciba, en la misma declaración
pues allí es pues como así es que fui amenasado de muerte para ello, por lo que
sobre los fundados principios anteriores, e inpotencia resistir la fuersa fícica
y moral que de aquellos principios se deduce, se concluie nesesariamente que
fuí forsado.
Capitanear; y como otra parte no aya en todo el voluminoso proceso
alguno otro testigo que acuse de haber yo concurrido a delito alguno de los que
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