Page 85 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Huánuco de 1812
resuelba lo que sea de su Superior agrado, dando por espuesto quanto me sea
favorable según las savias dispociciones de la Ley sobre la materia. Por tanto.
(Al margen)
A Vuestra Señoria pido y suplico que haviéndome por precentada en
el grado y deber que me compete, se sirva según lo contenido en el exordio
de este escrito resolver lo que sea conforme, y estime en justicia que es la que
impetro y espero de la vondad y acrisolada conducta de esta Superioridad, Ju-
rando lo nesesario y protestando lo conveniente contra quien haya lugar, con
costas y para ello, etc =
Juliana Beitia (Rubricado).
(Al margen)
Este es el poder de Pio Miraval a su Muger Doña Juliana Beytia.
Digo yo Don Pio Mirabal, Sargento 1° de Milicias de la Compañía de
este Pueblo de Pachas, y de empleo Estanquillero en el servicio del Soberano:
Que por hallarme preso en esta Real Carzel de dicho Pueblo, de orden del
Capitán Comandante Don Miguel Mais, doy mi poder cumplido, y amplia
facultad en bastante forma de derecho prestándole vos, y caución a mi Esposa
Doña Juliana Betia, para que representando mi persona haga los Recursos
nesesarios que de derecho se requieren, y a mi fabor combenga, en éste, y en
otro qualesquiera Jusgado que le combenga, poniendo las apelaciones devi-
das, y verdaderas, sin que haya nota alguna en los Jusgados de este mi dicho
poder: y para cuya formalidad, valor, y constancia firmé de mi puño, y letra
en presencia del Alcalde Ordinario quien firmó conmigo en dicho Pueblo, y
Cárcel oy 18 del mes de Abril de 1812.
Pio Mirabal (Rubricado). Fermín Usuriaga (Rubricado) Alcalde
Ordinario.
Señor Comisionado Comandante de la Expedición
Pio Miraval, Sargento de este Reximiento de Huamalíes en los Au-
tos sobre falsas imputaciones, y demás deducido, como más haya lugar en
derecho, y alegando de bien probado, ante Usted paresco, y digo: Que están
suficientemente destruídas las deposiciones de los Yndios, ya rebatidas en el
Escrito de defenza, que corre a fojas 1, 2, 3, 4 y 5. En ella impugno la contra-
dicción de Coz, en su declaración que corre a fojas 78 en donde habla de la data
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