Page 322 - Vida y Obra de José Baquijano y Carrillo - Vol-1
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Volumen  1
                             Oposición a la cátedra de Prima de Leyes de la Real Universidad de San Marcos de Lima
            y libre de otros cargos, y unos años lánguidos ocupados por el destino de la
            canongía en otras indispensables asistencias. Ella reflexionará estar prevenido
            por la Constitución tercera del título 7. de esta real escuela, el que no asistan
            los clérigos al curso de la cátedra de Prima de Leyes, por la prohibición que
            la Iglesia ha hecho a su Estado de este estudio bajo de excomunión mayor
            que fulminó el señor HONORIO III, no pudiendo por lo mismo, y con más
            razón, ser maestro en ella, quien está adornado con el sagrado carácter del
            sacerdocio.  Así, aun olvidando tanto mérito, debo esperar mi exaltación y
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            preferencia. Ella hará el aliento esforzado de los que en sus primeros años
            se hallan enriquecidos con el brillante adorno de las ciencias, anunciando a
            la posteridad, no como las imágenes yertas de los bronces, sino con esa viva
            elocuencia que avasalla, domina y convence, el discernimiento que hace la
            integridad del verdadero, y sólido mérito, consagrándole el elogio que a un
            gran emperador tributó la justicia en otro tiempo.  Illa uis, illa maiestas fandi,
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            et nefandi discriminatrix, quae omnium meritorum momenta, perpendit, librat,
            examinat, coronat. DIXI.
                    Después que en el año de 1137 se hallaron en Amalfi las Pandectas de
            Justiniano, que hoy existen en Florencia, se hizo muy común el estudio del
            Derecho Romano. Irnerio lo enseñó con tanto aplauso en la Universidad de
            Bolonia, que mereció el honroso título de Lumbrera del Derecho, Lucerna In-
            ris. De su escuela salieron famosos jurisconsultos, que esparcidos por Europa
            lo extendieron en muchas partes de viva voz, y por escrito. Se introdujo en
            París, y aquí, como en otras partes, tuvo tan crecido número de profesores, y
            se aumentó de tal modo el abuso, que no sólo los legos, sino también los ecle-
            siásticos se aplicaron a él con tanto ardor, que olvidaron, y aun desdeñaron
            el estudio de las letras sagradas. Aun los monjes, y los regulares salían de sus
            claustros con este destino, y con el fin de estudiar la medicina, que se hallaba
            por entonces en mucho honor en Europa, a que llamaban comumente con el
            nombre de Física, como igualmente a los médicos los llamaban físicos, título
            que conservaron hasta el siglo 16.
                    Verdaderamente que este era un abuso lamentable, y muy contrario
            al espíritu de la Iglesia. En los primeros siglos los eclesiásticos miraban con
            tal horror el estudio del Derecho Civil, que hacían pública profesión de su

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            16. Dicam aliquid, quod forsitan cum multorum offensione dicturus sum; sed boni mihi non
            irascentur, quia eos peccari constientia non remordebit. D. Hieron. Lib. 1. contra Iouinian.
            17. Nazario Panegir. Constantín. §. 7


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