Page 76 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
y no por engaño y fuerza, debe ser absuelto y enteramente perdonado de su
delito.
Por el bando mandado publicar en esta ciudad y en todos los pueblos
del obispado por el señor visitador general del reino a nombre del rey nuestro
señor en fecha de siete de Marzo del año corriente, se prometió el perdón y
demás de esto un gran premio al que entregase al rebelde José Tupa Amaro, a
sus capitanes y a otros cualesquiera cabezas de la sedición y tumulto. Por los
autos consta que Marcos Torre entregó a Francisco Tupa Amaro, y que éste fue
uno de los principales capitanes del traidor, en que es claro que a Marcos de la
Torre le compete el perdón prometido en el bando.
Ni obsta que Marcos de la Torre sea exceptuado en el bando, porque
según su tenor la exención es solamente para el caso de que, arrepentido de
su delito, se pasase a las banderas del rey nuestro señor, pero no para el caso
en que hiciese la entrega de Tupa Amaro y de los demás ya referidos, pues la
promesa del perdón a los que hiciesen la entrega es general, y se extiende a los
mismos exceptuados en el bando.
Tampoco obsta lo alegado en contrario por el abogado solicitador fis-
cal a saber, que considerando Marcos Torre la fuerza de las armas del rey y
que precisamente habían de triunfar del tirano que no las podía resistir, pre-
meditó este medio juzgando por él le libertase del castigo que merecía, como
otros lo han conseguido acogiéndose a la real bandera, pero no con el motivo
de fidelidad que profesaba, porque la apostasía de ella la tenía bastantemente
acreditada. Digo que no obsta lo referido, ya porque consta de los documentos
contenidos en los autos, y especialmente de la certificación de don Domin-
go Guerreros Marnara recién presentada, que Marcos de la Torre no sirvió a
Tupa Amaro por infidelidad al rey sino por coacción y fuerza que le hizo el
tirano, ya porque aún cuando fuese así como piensen el solicitador fiscal, el
perdón no está prometido a los inocentes, sino a los culpados y delincuentes,
no a los fieles sino a los traidores, no a los que por efecto de su fidelidad y
amor al rey se apartasen del tirano y se volviesen a nuestras banderas, sino a
los que lo ejecutasen para evitar el castigo que merecen en consideración de
la fuerza de las armas del rey, irresistible al rebelde. Séame lícito decir que la
real clemencia en el perdón que se ofrece no se limita a los contritos, sino que
también se extiende a los atritos, ya finalmente porque el solicitador fiscal no
escapa de penetrar la intención con que Marcos Torre hubiese ejecutado la en-
trega de Tupa Amaro, por ser ésta un acto interno que sólo por Dios puede ser
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