Page 734 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
/.28 ,en el manejo del cañón, como porque se interpusieron por él, los indios
del pueblo de Acos. Que es cierto haberse huído dicho Figueroa del dicho ce-
rro de Piccho a esta ciudad, en el día nueve de enero del presente año, en com-
pañía del testigo y de otros muchos prisioneros; y que el referido Figucroa,
dejo clavado un pedrero, que era el único que tenía bueno el rebelde y dispuso
entregar, un cañón bueno a Don Isidro Guisasola, que comandaba la tropa del
Rey Nuestro Señor, en dicho cerro de Piccho, como en efecto se le entregó. Y
responde.
10° A la décima pregunta dijo, que en orden a ella, se remite a lo que
tiene declarado en la antecedente pregunta. Y responde.
11° A la undécima pregunta dijo, que es cierto, que viniendo en com-
pañía del testigo, Figueroa y en la de Don Ignacio Arriola, Don Manuel San
Roque, Don Mariano Riquelme y Mariano Banda, al dicho cerro de Piccho,
arrojó el susodicho Figueroa seis o siete arrobas de pólvora fina, que en varias
talegas traían, para la fusilería, a un riachuelo que estaba en el camino de la
pampa de Ocororo o de la inmediata, según se quiere acordar y que, para con
el traidor se disculpó con los arrieros, que traían el bagaje, echándoles la culpa
a ellos. Que las llaves, balas, piedras de escopetas, las enterró en un lado del
camino, a poca distancia, de donde botó la pólvora, con ánimo de que queda-
sen inútiles las armas del rebelde. Y responde.
12° A la duodécima y última pregunta, dijo que /.28v lo que lleva dicho
y declarado es público y notorio, así en este vecindario, como en la provincia
de Tinta, a excepción de la empresa que el dicho Figueroa, les comunicó al
testigo y a los demás prisioneros, que tiene nominados, sobre haberle querido
quitar la vida al rebelde Tupa Amaro; y la pólvora que botó al río y enterró la
munición y demás piezas de escopetas que refiere. Y la verdad so cargo del
juramento que fecho tiene y siéndole leída esta su declaración de principio a
fin, se afirmó y ratificó en ella, y dijo no comprenderle las generales de la Ley y
que es de edad de treinta y siete años, y no firmó porque dijo no saber escribir
y de ello doy fe. Entre renglones. Preso. De su mujer.
Nuestro Señor. Enmendado: a. Vale.
Miguel de Acuña
Escribano de Su Majestad y Público
(rubricado)
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