Page 483 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            que lleva expuesto se sirva proveer y mandar según y como tengo pedido en
            justicia y merced que espero alcanzar, y para ello, etc.
            Doctor Isunza
            (media firma y rúbrica)


                    Cuzco y Junio 25 de 1781.

                    Recíbese esta causa a prueba con el término de seis días comunes a
            ambas partes, con todos cargos de conclusión y citación para oír sentencia.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
            Manuel Espinavete López
            (firmado)



                    (Al margen: En 26 al doctor Vera).

                    En la ciudad del Cuzco, en veinte y seis de Junio de mil setecientos
            ochenta y un años, yo el escribano leí e hice saber el contexto del decreto an-
            tecedente al doctor don Rudecindo de Vera en su persona, de que doy fé.
            Tomás de Gamarra
            (firmado)
            Escribano público

                    (Al margen: Cuzco, 26 de Junio de 1781).


                    Como pide el solicitador fiscal, y hecho traslado al defensor de Ramón
            Ponce.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
            Manuel Espinavete López
            (firmado)

                    [El Fiscal y el Defensor se ratifican en sus términos expresados ante-
            riormente. Junio 26, 1781].





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