Page 483 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
que lleva expuesto se sirva proveer y mandar según y como tengo pedido en
justicia y merced que espero alcanzar, y para ello, etc.
Doctor Isunza
(media firma y rúbrica)
Cuzco y Junio 25 de 1781.
Recíbese esta causa a prueba con el término de seis días comunes a
ambas partes, con todos cargos de conclusión y citación para oír sentencia.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
(Al margen: En 26 al doctor Vera).
En la ciudad del Cuzco, en veinte y seis de Junio de mil setecientos
ochenta y un años, yo el escribano leí e hice saber el contexto del decreto an-
tecedente al doctor don Rudecindo de Vera en su persona, de que doy fé.
Tomás de Gamarra
(firmado)
Escribano público
(Al margen: Cuzco, 26 de Junio de 1781).
Como pide el solicitador fiscal, y hecho traslado al defensor de Ramón
Ponce.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
[El Fiscal y el Defensor se ratifican en sus términos expresados ante-
riormente. Junio 26, 1781].
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