Page 482 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
Causas criminales seguidas contra los rebeldes
aplique, que así es conforme a los méritos de la causa.
A la ejecución de los errores y disparates de que éste reo se le nota y
consta de los autos, sin duda concurrieron dos conprincipios de los que cada
uno por sí sólo era capaz de producir semejantes efectos. Estos fueron por
una parte una ignorancia suma, o por mejor decir, una estupidez, y por otra
un miedo gravísimo. La ignorancia concurrió en tal grado que sin embargo
de que fueron tan visibles el engaño y falsedad en que fundó su rebelión el
vil Tupa Amaro, suponiendo tener orden real para ello, les dió ciego ascenso.
¿Pero qué mucho si lo mismo hicieron otros tal vez de menos estulticia que él?
Hecho a no ver más mundo que el rincón en que baja y bárbaramente se crió,
nunca llegó a tener idea, no digo cabal ni aún mediana de la majestad, poder
y soberanía de nuestro monarca (que Dios guarde). Vió repentinamente al re-
belde en medio de una multitud de muchísimos indios que jamás había visto
juntos y luego formó el errado y sacrílego concepto de que en manos de aquél
estaban ya las vidas de los peruanos. De que resultó el segundo conprincipio
que fue el miedo, e hizo en él tanta impresión que aún hallándose varias veces
distante del tirano, le parecía que no estaba libre de su poder. En cada indio
miraba un ministro celosísimo del rebelde, y así todo su empeño era contem-
plar a este inícuo, como declara en su confesión. Esto es (señor) muy de creer,
y los mismos afectos no nos dan a entender otra cosa.
Pero al mismo tiempo que dichos conprincipios movieron a este reo a
ejecutar tales errores, le aminoraron la libertad de suerte que todo obró no con
aquella plena deliberación que es necesaria para una perfecta malicia, sino
con mucha parte de involuntariedad, quiero decir, que no obró como hombre
sino casi como bruto. Por estas circunstancias, su delito, aunque grave en rea-
lidad en sí, no funda con dignidad a tanta pena como la que pide el solicitador
fiscal, sí sólo a alguna arbitaria que acredite la benignidad cristiana propia de
pecho catolicísimo de nuestro soberano.
Agrégase a esto que de la confesión del reo consta haber éste entregado
al señor inspector general tres cañones y dos petacas de pólvora y balas del
rebelde, sobre cuya averiguación se mandó pasar oficio a dicho señor por el
auto de fojas (en blanco) para que informase, y aún no ha habido respuesta. Y
suplica, el defensor, se sirva vuestra señoría dar la providencia correspondien-
te a fin de que se verifique dicho informe, pues éste es un hecho que confirma
cuanto se tiene alegado a favor de dicho reo. Por tanto:
A vuestra señoría pido y suplico yo el defensor que en atención de lo
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