Page 487 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
de los verdugos se le cortó la cabeza y el brazo derecho para que se conduzcan
a sus destinos, según se previene en dicha sentencia. Y para que de ello conste
doy la presente en diez y ocho de Julio de mil setecientos ochenta y un años.
Y en fé de ello lo firmo.
Miguel de Acuña
(firmado)
Escribano de Su Majestad y público
Lima y Octubre 14 de 1781.
Sacándose testimonio de estos autos, que quedará en esta comisión
de visita, remítanse originales con el respectivo oficio y para los efectos que
convenga al excelentísimo señor virrey de este reino.
Areche
(media firma y rúbrica)
(Al margen: En 25 de Noviembre de 1781).
Se sacó el testimonio que previene el presente decreto, de que certifico.
Espinavete
(media firma y rúbrica)
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