Page 485 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II


                    En la causa criminal que se ha seguido de oficio de la real justicia con-
            tra Ramón Ponce por complicidad en la rebelión premeditada y ejecutada por
            el vil traidor, cacique en la provincia de Tinta, José Gabriel Túpac Amaro, a
            quien sirvió de comandante en sus viles tropas, cooperando al feliz éxito de las
            depravadas intenciones del rebelde, corriendo las provincias para mancharlas
            con el negro borrón de traidoras, oponiéndose a las armas del rey, mantenien-
            do frecuentemente correspondencia con el insurgente, observados los térmi-
            nos del derecho en que ha hecho de acusador el doctor Rudecindo Tomás de
            Vera, abogado de la real audiencia de Lima, y de defensor el doctor don Matías
            Isunza, abogado de la misma audiencia:
                    Fallo atento a su mérito y lo que de ella resulta que debo de condenar y
            condeno a Ramón Ponce en pena de muerte, y la justicia que se manda hacer
            es que sea sacado de este cuartel donde se halla preso arrastrado con soga de
            esparto al cuello, atados pies y manos, con voz de pregonero que publique su
            delito, siendo llevado en esta forma por la plaza principal y pública de esta
            ciudad hasta el lugar del suplicio donde está la horca, de la que será colgado y
            ahorcado hasta que muera naturalmente, sin que ninguna persona sea osada a
            quitarlo sin mi licencia so la misma pena, y luego será descuartizado, llevada
            su cabeza al pueblo de Velille, y un brazo al pueblo de Layo, colocándose una
            y otro en los parajes más públicos de dichos pueblos, precediendo publicarse
            por bando esta sentencia, de cuya ejecución enviarán razón documentada los
            respectivos corregidores o personas que administren justicia. Y más, le conde-
            no en el perdimiento de todos sus bienes, aplicados a la cámara de Su Majes-
            tad. Así lo proveo y mando por esta mi sentencia, definitivamente juzgando.
            José Antonio de Areche
            (firmado)


                    [Certificación de la sentencia expedida. Julio 14, 1781].


                    Dió y pronunció la anterior sentencia el muy ilustre señor don José
            Antonio de Areche, caballero de la real distinguida orden española de Carlos
            tercero, del consejo de Su Majestad en el real y supremo de Indias, visitador
            general de los tribunales de justicia y real hacienda de este reino, el de Chile, y
            provincias del Río de la Plata, superintendente de ella, intendente de ejército,
            subdelegado de la real renta de tabaco, y comisionado con todas las facultades



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