Page 304 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes
            de nuestro rey y señor, sirviendo ellos mismos de defraudadores del referido
            real derecho de alcabala, llevando en su cabeza o a su nombre, con guías su-
            puestas a las ciudades o pueblos de consumo y comercio, lo que no es suyo y
            no les pertenece, siendo de otros no exentos, contraviniendo en esto a todas
            las leyes de cristianos, de vasallos y de hombres de bien o de verdad, justicia y
            rectitud, a cuyo fin y ,para que cumplan con estas cualidades y aquellas sobe-
            ranas decisiones, se ha procurado siempre que dichos guías se examinen y
            vean con cuidado, y las saquen, las lleven y se las den, sin costo ni detención
            alguna, los ministros recaudadores de este real derecho y celadores de tales
            fraudes que ha cometido y comete con repetición esta clase de privilegiados,
            cuyo celo justo y diligencia debida, llama escandalosamente este traidor opre-
            sión y gravamen, sin conocer que son los indios quienes le han formado, si es
            que lo es, y no se mira a que de otro modo están aventurados los caudales o
            sagradas rentas del estado. Sabiendo igualmente él y los de su mal educada
            nación que ningunas otras pensiones reales pasan, y aún cuando las pagaran,
            la religión y el vasallaje les dicta, enseña y demuestra el cumplimiento de lo
            mandado en este punto por los legítimos superiores, atendiéndose a que estos
            no anhelan a otra cosa que a subirlos a su mayor y más completa felicidad, y
            que estos derechos son precisos, indispensables para la defensa de nuestra
            amada y venerada santa iglesia católica, para amparo de ellos y de los otros sus
            convasallos, manteniéndolos en justicia, o para defenderlos contra toda potes-
            tad enemiga o cualquier persona que les insulte o insultase, perjudique o per-
            judicase en sus vidas, en sus bienes, en sus haciendas, en sus honras y en su
            quietud o sosiego. Considerando pues a todo esto y las libertades con que
            convidó este vil insurgente a los indios y demás castas para que se le uniesen,
            hasta ofrecer a los esclavos la de su esclavitud, y reflexionando juntamente el
            infeliz y miserable estado en que quedan estas provincias que alteró y con di-
            ficultad subsanarán o se restablecerán en muchos años de los perjuicios cau-
            sados en ellas por el referido José Gabriel Tupac Amaro, con las detestables
            máximas esparcidas y adoptadas en los de su nación y socios y confederados
            a tan horrendo fin; y mirando también a los remedios que exige de pronto la
            quietud de estos territorios, el castigo de los culpados, la justa subordinación
            a Dios, al rey y a sus ministros, debo condenar y condeno a José Gabriel Tupac
            Amaro a que sea sacado a la plaza principal y pública de esta ciudad, arrastra-
            do hasta el lugar del suplicio, donde presencie la ejecución de las sentencias
            que se dieren a su mujer, Micaela Bastidas, sus dos hijos, Hipólito y Fernando



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