Page 300 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
                                                         Causas criminales seguidas contra los rebeldes
            declarante; Ventura Valderrama, vecino de esta dicha ciudad, seiscientos y tan-
            tos pesos, ha recibido el que declara algunas cantidades de que le dió vales, y le
            parece le resta trescientos y tantos pesos; Jacinto Araujo, vecino de Tungasuca,
            setecientos y tantos pesos de efectos de Castilla, y le parece restará trescientos
            y tantos como constaba de recibos; Diego Tupa Amaro, ocho mil y más pesos,
            según consta de ajuste en el libro de caja del que declara, bajo de la firma de
            dicho Diego; Simón Noguera, difunto, trescientos cincuenta pesos, consta de
            vale; Patricio Noguera, noventa pesos, consta de dicho libro; Andrés Noguera,
            difunto, de efectos de Castilla, no se acuerda qué cantidad, pero consta de dicho
            libro; Lucas Aparicio, residente en Potosí, veinte y una y media libras de añil, de
            las que pagó nueve libras a cuatro pesos y medio cada una; Bernardo Cartagena,
            vecino de Janampampa, docientos pesos, consta de vale; Juan Vega, de dicho
            pueblo, trescientos y tantos pesos, consta del libro; Eusebio Aparicio, vecino de
            Caccha, ciento cincuenta pesos, consta de dicho libro; los vecinos de Pampa-
            marca, Tungasuca y Surimana, seis mil y más pesos que el declarante pagó por
            ellos al corregidor Reparaz, consta del citado libro y vales que quedaron en Tun-
            gasuca al cuidado de Marcela Castro, Antonia Tupa Amaro y Eugenio Sinan-
            yuca; que el declarante debe a don Sebastián Ocampo, vecino de esta ciudad,
            dos mil pesos, a cuenta de los cuales tiene pagados en telas cincuenta y cinco y
            medio pesos cada uno, según se acuerda, consta a recibo; y al corregidor don
            Antonio Arriaga, por orden de dicho Ocampo, condujo cargas a Oruro con seis
            piaras de mulas, ajustada cada una en ciento y cincuenta pesos de una cantidad,
            se deben rebajar cien pesos que al que declara dió para avío dicho corregidor,
            como constaba del citado libro;·que con don Isidro Guisazola ha tenido cuenta,
            pero que sin embargo, de no estar ajustada, cree no deberle nada; que lo mismo
            puede acaecer con don Isidro Gutiérrez; que a don Marcos Cámara, vecino de
            esta ciudad, debe cien pesos; a don Matías Mellado, de Paucartambo, una piara
            de coca que son ciento y veinte cestos a tres y medio pesos cesto; a don Ignacio
            Laceval, vecino de esta ciudad, un quintal de fierro, a cuenta del que le tiene
            dadas algunas varas de ropa; a Miguel Montiel, residente en Lima, cuatro mil y
            tantos pesos; que es lo que tiene que decir y la verdad, bajo del juramento hecho,
            en que se afirmó y ratificó. Dijo ser de edad de treinta y ocho años. No lo firmó
            por tener desconcertada una muñeca. Firmólo su señoría, de que certifico.
                                                 (rúbrica de Benito ·de la Mata Linares)
                                                              Manuel Espinavete López
                                                                             (firmado)



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