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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            congregacion de firmisimos fieles.— Y si con toda esa generalidad debemos
            zelar las utilidades y derechos de la corona, con quanto desvelo nos abremos
            de manejar en los estipendios que hacen a favor de la Santa Cruzada? este es el
            objeto que llama nuestros connatos en el dia; y para que todos nuestros dioce-
            sanos tengan parte en el merito de tan laudable erogacion y ninguno deje de
            interesarse en las infinitas gracias que se le ofrecen por el yndulto pontificio a
            todos y a cada uno en particular exortamos y rogamos por las entrañas de Je-
            suchristo que tomen la Santa Bula, asi españoles como yndios, mestizos, ne-
            gros y mulatos quienes tambien deveran tener presente la gran bula de com-
            posicion de la misma Santa Cruzada para valerse de ella siempre que deban a
            personas no conocidas, olvidadas o de habitacion tan distante que se haya de
            consumir igual cantidad a la debida en los costos necesarios para la remision
            de esta o por otras cauzas en que tenga lugar este yndulto. Por una sola bula
            que les costará dose reales se les perdonan cuarenta y un pesos de nuestra
            plata de Yndias; de modo que siendoles solamente licito sacar en cada publi-
            cacion treinta bulas pueden componerse por la cantidad de mil doscientos
            treinta y siete pesos quatro reales, en cuia satisfacción solo se gastan quarenta
            y cinco pesos que hacen el importe de las treinta bulas a dose reales cada una
            con la calidad de que siendo necesarias mas se ocurre al subdelegado, quien
            proverá de remedio. Pero conviene advertir, que esta especie de gracia no
            aprovecha a los que defraudan en confianza de ella esto es, a los que no defrau-
            dan, sino tuviesen presente el auxilio de la composicion la que bien podra
            servir a los que aunque tengan la prevision de este beneficio no por él se deter-
            mina a la injusticia por que siempre incurriera en ella su fragilidad, aun quan-
            do no huviera consesion de la cruzada.— (Veanse de los Regnic. Allosa ver.
            Bull. secion quinta pagina cincuenta Murillo tomo segundo del derecho cano-
            nico titulo de furtis pagina doscientas cincuenta y cinco, numero doscientos
            diez y siete. Ylustrisimo Montenegro en su Ytinerario libro quinto, tratado
            primero, secion veinte y una, numero dos).— Tales son los privilegios exorbi-
            tantes de la Santa Cruzada a cuio aprovechamiento exortamos, pero en la yn-
            teligencia (al margen: ojo) de que los complices en la rebelion presente no
            pueden valerse de estas gracias para efecto alguno, si permanecen protervos
            en la sedicion, no solamente por la razon general de impenitentes y descomul-
            gados, sino por la especial de haverse rebelado contra la dominacion de nues-
            tro catholico rey, tomando armas para insultarla sacrilegamente (Reifentuel
            en su Theologia moral tratado decimo quinto, question dos paragrafo primero



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