Page 498 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 5
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Volumen 5
                                                           La defensa del obispo Moscoso: Cargo 14º
            hasta doce de abril de setenta y uno que hacen quatro años y tres meses y por
            consiguiente no pusieron en los libros de fabrica por cuio defecto y omision
            notable por los perjuicios que resultan contra la Yglesia podrá vuesa señoria
            ylustrisima imponer la pena que arbitrare y fuere de su superior agrado.— Las
            quentas que han presentado los fabriqueros desde el año de setenta y uno
            hasta el presente a los curas Doctor Don Francisco Xavier Calvo y Antequera
            y Don Pedro Santistevan se hallan fieles legales y corrientes y corresponden
            las partidas del medio a los cargos del margen y en los mas años alcanzan a
            los fabriqueros a la yglesia por tener estas unas rentas mui cortas y habiendo
            el actual cura Santisteban apercivido por razon de las fabricas quarenta pesos
            siete y medio reales y gastado seiscientos treinta y un peso dos y medio reales
            que ha puesto en esta yglesia de Urcos como consta a fojas catorce del libro de
            ymbentario y gastos de ella la alcanza en quinientos noventa pesos tres reales
            los menos que condona a su favor por lo que podrá vuesa señoria ylustrissima
            siendo servido darle gracias.— Por lo que ha reparado el Fiscal en las quentas
            de fabrica asi en este pueblo como en el de Guaro pone en la justificada aten-
            cion de vuesa señoria ylustrissima que ninguno de los curas se hace cargo de
            la limosna de cera de casamientos y se biene en conocimiento que no han exi-
            gido y asi podrá mandar vuesa señoria ylustrisima que en adelante de todas las
            velaciones de yndios se lleve un peso de limosna y de los españoles dos como
            se tiene por costumbre en este obispado y en realidad a ninguna yglesia mejor
            que ésta se deve hacer dicha contribucion atendiendo a sus rentas escasas.—
            Hace presente a vuesa señoria ylustrisima el Fiscal que desde la ultima visita
            se hallan en el Libro Parroquial donde se sientan las partidas de bautismos las
            fojas ochenta y quatro y ochenta y cinco en blanco y faltan las partidas de diez
            de junio de sesenta y seis hasta el diez y nueve de octubre del mismo año co-
            rrespondiendo a este tiempo y omision al Doctor Don Francisco Xavier Calvo
            que sirvió esta doctrina en el referido tiempo; asimismo en el libro de baptis-
            simo de la vice parroquia de Guaro se patentizan los folios ciento ochenta y
            uno y ciento ochenta y dos en blanco y se reconoce no haverse asentado las
            partidas desde tres de agosto de setecientos setenta y seis que hacen un año y
            tres meses y de este defecto corresponden los cinco y medio mes al Licenciado
            Don Juan Gonzalez Cura inter que fue de este beneficio y el demas tiempo al
            Doctor Don Francisco Calvo que le sucedió del mismo modo se dexan ver
            en el libro parroquial de entierros de esta doctrina seis meses del tiempo de
            Don Juan Gonzalez sin haverse asentado las partidas a saver desde veinte de



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