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Volumen 5
La defensa del obispo Moscoso: Cargo 14º
hasta doce de abril de setenta y uno que hacen quatro años y tres meses y por
consiguiente no pusieron en los libros de fabrica por cuio defecto y omision
notable por los perjuicios que resultan contra la Yglesia podrá vuesa señoria
ylustrisima imponer la pena que arbitrare y fuere de su superior agrado.— Las
quentas que han presentado los fabriqueros desde el año de setenta y uno
hasta el presente a los curas Doctor Don Francisco Xavier Calvo y Antequera
y Don Pedro Santistevan se hallan fieles legales y corrientes y corresponden
las partidas del medio a los cargos del margen y en los mas años alcanzan a
los fabriqueros a la yglesia por tener estas unas rentas mui cortas y habiendo
el actual cura Santisteban apercivido por razon de las fabricas quarenta pesos
siete y medio reales y gastado seiscientos treinta y un peso dos y medio reales
que ha puesto en esta yglesia de Urcos como consta a fojas catorce del libro de
ymbentario y gastos de ella la alcanza en quinientos noventa pesos tres reales
los menos que condona a su favor por lo que podrá vuesa señoria ylustrissima
siendo servido darle gracias.— Por lo que ha reparado el Fiscal en las quentas
de fabrica asi en este pueblo como en el de Guaro pone en la justificada aten-
cion de vuesa señoria ylustrissima que ninguno de los curas se hace cargo de
la limosna de cera de casamientos y se biene en conocimiento que no han exi-
gido y asi podrá mandar vuesa señoria ylustrisima que en adelante de todas las
velaciones de yndios se lleve un peso de limosna y de los españoles dos como
se tiene por costumbre en este obispado y en realidad a ninguna yglesia mejor
que ésta se deve hacer dicha contribucion atendiendo a sus rentas escasas.—
Hace presente a vuesa señoria ylustrisima el Fiscal que desde la ultima visita
se hallan en el Libro Parroquial donde se sientan las partidas de bautismos las
fojas ochenta y quatro y ochenta y cinco en blanco y faltan las partidas de diez
de junio de sesenta y seis hasta el diez y nueve de octubre del mismo año co-
rrespondiendo a este tiempo y omision al Doctor Don Francisco Xavier Calvo
que sirvió esta doctrina en el referido tiempo; asimismo en el libro de baptis-
simo de la vice parroquia de Guaro se patentizan los folios ciento ochenta y
uno y ciento ochenta y dos en blanco y se reconoce no haverse asentado las
partidas desde tres de agosto de setecientos setenta y seis que hacen un año y
tres meses y de este defecto corresponden los cinco y medio mes al Licenciado
Don Juan Gonzalez Cura inter que fue de este beneficio y el demas tiempo al
Doctor Don Francisco Calvo que le sucedió del mismo modo se dexan ver
en el libro parroquial de entierros de esta doctrina seis meses del tiempo de
Don Juan Gonzalez sin haverse asentado las partidas a saver desde veinte de
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