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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            Obispo mi señor de que doy fé.— El Obispo.— Ante mi, Doctor Josef Domin-
            go de Frias, Secretario.— En los autos de las estancias de la yglesia de Yauri de
            donde es cura dicho Martinez, se halla el cargo de las faltas de las alhajas y
            consta a foxa diez y siete y diez y ocho de dichos autos y son las que constan
            de la adjunta razon certificada que acompaña. En su conocimiento pidió el
            Promotor Fiscal, en vista de treinta de junio de setecientos ochenta se declare
            a Don Justo Martinez responsable a estas faltas, porque se han dicipado y per-
            dido por su omision, descuido y mala conducta.— Assi consta y parece de
            dichos autos que estan y quedan protocolados en este Juzgado Eclesiastico a
            que en caso necessario me refiero y para que de ello conste donde convenga lo
            subscrivi de mandado verbal de Su Señoría Ylustrissima el Obispo mi señor
            en el Cuzco a diez de marzo de mil setecientos ochenta y un años.— Y, en fé
            de ello lo firmo.— Thomas de Zelaya Notario Publico. Enmendado: etcetera—
            da—truinfo: Valen. Testado: todos —a—: No valen. Entre renglones: Curas
            que dentro del termino de ocho dias remitiesen los. Enmendado: esta—pedi-
            do—deferirle—patente el—ministraban: Vale.—
                    Es conforme a sus originales.


                    Juan Manuel Obispo del Cuzco (Rubricado).




                                          DOCUMENTO 28



                    (Al margen: Cartas del corregidor Arriaga al canonigo Frias).
                    Mui señor mio y amigo mas estimado: Acabo de recibir carta de mi
            amigo el Doctor Don Justo Martinez, en que me participa remite a Su Señoria
            Ylustrisima los libros de su cargo para el examen correspondiente . La demo-
            ra en que ha incurrido en el cumplimiento mas puntual del orden del señor
            Obispo, pendio en haversele extraviado uno de los libros que ultimamente
            encontró. Yo he de merecer al favor de usted, contribuya en quanto este de su
            parte a que se le dispense esta omision, como involuntaria y al mismo tiempo,
            si se le notase uno u otro descuido en ellos, tratandole usted en todo con mi-
            sericordia, por ser tiempo de ella y porque es acreedor por las bellas prendas
            que concurren en su persona por las que me merece la mayor estimacion. Yo
            confio de la fineza de usted contrihuira eficazmente a su favor y a sacarme



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