Page 599 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. III
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            pero que queda todavía presos dentro de la casa de Don José Tupa Amaro con
            guardas; hasta hoy no hay cosa mayor que participar a vuestra merced. Tabaco
            no se halla, ni bueno ni malo, que estamos pereciendo y aún los cigarros que
            había ya se acabaron y así vuelve a llevar el portador la plata y no ofreciéndo-
            se otra cosa ceso y no de pedir a Dios guarde a vuestra merced con perfecta
            salud muchos años para todo mi amparo. Sicuani y noviembre trece de mil
            setecientos ochenta. De vuestra merced su más reconocido.— Eugenio.— Al
            tiempo de despachar ésta tuve noticia que ayer caminaron todos los soldados
            e indios al obraje de Pomacanche a demolerle y los presos de Paropucio dicen
            se alzaron y que ha hecho destrozos con las cosas de dicho obraje y orden de
            que se registren cartas.


                    (Al margen: Auto).
                    Santa Rosa de Lampa y noviembre quince de mil setecientos ochen-
            ta.— Visto lo que resulta de las dos declaraciones de la certificación del se-
            ñor cura de esta doctrina el Doctor Don Miguel Martínez, y respecto que en
            cumplimiento de mi obligación al real servicio, debo suspender por ahora mi
            comisión en esta provincia y pasar inmediatamente a la de Azángaro de mi
            cargo a dar las debidas providencias, para ponerle en estado de defensa, hasta
            derramar la última gota de sangre por el Rey nuestro señor y no haber lugar
            ya para sacar los testimonios de este expediente para remitirlo con cartas a
            los corregidores de Lampa, Carabaya y otros para que sepan estas novedades,
            prevengan sus milicias y las pongan sobre las armas, para hacer las defensas
            que correspondan en sus provincias en caso de que se verifique la invocación
            de la gente alzada con el Cacique de la provincia de Tinta, como se expresa en
            este expediente y por el pronto despachense cartas a los dos corregidores de
            Lampa y Carabaya, que son los inmediatos por donde pueden empezar sus co-
            rrerías los dichos alzados, a fin que mientras les puedo enviarle los dichos tes-
            timonios tengan esta noticia anticipada y que vayan dando órdenes para que
            se pongan en arma, y que el de esta de Lampa desde el instante envíe milicias
            para guardar este puesto principalísimo y que se vayan acantonando otras. Así
            lo proveí, mandé y firmé yo Don Lorenzo Zata y Zubiria, Corregidor y Justicia
            mayor por Su Majestad de la provincia de Azángaro y Comisionado del señor
            Visitador General de estos reinos para el establecimiento, visita y arreglo de
            la Real Renta de Alcabalas de las provincias de Lampa, Azángaro y Caraba-
            ya, actuando con testigos judicialmente a falta de escribano.— Lorenzo Zata



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