Page 502 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Volumen 1
La verdad desnuda
los papeles y bienes de esta testamentaría he logrado instruirme de toda la
tragedia y sus antecedentes.
5.-En aquel informe no se habló con toda la claridad que merecía la
materia, porque a Don Miguel de Arriaga le contuvieron, por su empleo, los
respetos de los superiores. Yo lo venero mucho, pero teniendo a la vista la
Ley 8ª, Título 15, Libro 8° de las recopiladas de estos Reinos, recientemente
dictada por vuestra real persona, compelido de las obligaciones de fiel vasallo,
recordadas a todos, en ella, me veo precisado a informar a Vuestra Alteza,
verazmente, cuanto ha llegado a mí noticia acerca de los principios de la casi
general sublevación de estos Dominios, tanto por los documentos auténticos
que originales quedan en mi poder, y de que son fieles copias los adjuntos
testimonios, cuanto por comunicación de personas de carácter, que se me han
explicado con libertad, considerando el grande interés que tengo en el asunto.
Vuestra Alteza graduará el mérito de los comprobantes y las proposiciones
que no los llevaren, las afianzo yo en toda forma de derecho.
6.-El primer objeto de esta resolución es cumplir con mis deberes
hacia Dios y hacia el Rey. Segundo: defender el buen nombre del Coronel Don
Antonio de Arriaga; que aún después de muerto, tan miserablemente, se pre-
tende denigrar por personas de la primera autoridad. Tercero: reclamar contra
los maquinadores y causantes de su lastimosa muerte los grandes perjuicios
que además le ocasionaron, como a mi. Objetos todos justos, objetos todos
importantes que me propongo no perder de vista en este papel, suplicando
a Vuestra Alteza, con el más profundo respeto, se digne inferir el todo de mi
justicia de la pequeña parte que pueda representarle mi insuficiencia, por la
necesaria desconfianza de los Letrados de esa Ciudad, que todos son del País.
7.-Desde el número 3 al 20 del informe de 24 de Diciembre se ex-
tractarán, justificadamente, los escandalosos procedimientos de esta Curia
Eclesiástica en la competencia de jurisdicción con vuestro Corregidor Don
Antonio de Arriaga, avocándose una causa de tumulto contra siete vecinos
legos del pueblo de Yauri. La hostilidad nunca vista con que le persiguió, hasta
el extremo de tenerlo excomulgado, fuera de su provincia, más de dos meses
por capricho del Obispo y Provisor, como lo acredita la declaración del ca-
pitán Don Simón Gutiérrez vecino de esta Ciudad que corre a f… del docu-
mento N° 4; y sin otro motivo que verlo inexorable en la defensa de vuestra
Real Jurisdicción, según el espíritu de las leyes. La insensibilidad con que los
magistrados de estos Reinos (con asombro de sus habitantes) estuvieron
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