Page 274 - José de la Riva Aguero - Vol-2
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Volumen 2
Documentos varios
Tribunal especial creado por la nacion á quien compete decidir de la nulidad
de la Corte Suprema, cuyas funciones han desenpañado los Conjueces en re-
vista; y estos cualequiera que sean, purgaran su responsabilidad por que se les
considera como Vocales Supremos cuyas veces han desempeñado.
Digo lo mismo por lo que respecta al nombramiento de Fiscal cuya
duda tambien se afecta por el Señor Presidente en la consulta que motiva este
recurso. Tal funcionario se pudo nombrar por la primera Sala como lo hizo
cuando conocia ó por la segunda, luego que se reuna para decidir sobre el auto
de 8 de Agosto que há puesto aquella; y una ves dictado este en lugar de con-
sultar el Señor Presidente por su propia voluntad, para parlogiar la causa en
perjuicio del que habla, debió haber reunido á los Conjueces que formaron el
Tribunal de Revista para que este desidiece o consultase si se le ofrecia alguna
duda. En este punto el que habla puede muy bien decir sin que se le acrimi-
ne por falta de moderacion ó de respeto ¿quien es este Señor Presidente que
todo lo quiere hacer y lo hace sin ser mas que un simple miembro ó cabeza
del Tribunal Supremo? ¿Acaso esta imbestidura le dá facultades para tanto en
perjuicio de un infeliz patriota que solo tiene el delito de haber nacido en el
mismo suelo? Ese funcionario corrige á la Camara de Senadores en la consulta
que nos ocupa, y que ha elevado por su propia voluntad, usurpando las atri-
buciones del respetable Tribunal que Precide. El censura, y corrige tambien á
la primera y segunda Sala usurpando las atribuciones de ambas. El denuesta á
la Camara de Senadores por el juicioso dicatamen que ha pronunciado. Acri-
mina al Congreso todo y enmienda ó corrige sus reglamentos interiores para
dar entrada á su ilegal consulta, ¿quien es repetiremos, pues este arbitro de la
Suerte del Perú, el que por si solo quiere ser poder judiciario y legislativo para
enseñar á todos y corregir desaciertos? ¿quien es...?; dejemos esta materia que
tal ves nos conduce contra nuestra voluntad, á los estremos de que nos hemos
tratado de alejar. El que habla cree que con lo dicho se ha puesto en su ver-
dadero punto de vista el objeto de la consulta, al paso que se ha fundado lo
inadmisible de ella. Estima inoportuno y molestoso para la Camara ante quien
representa, el encargarse de las Leyes y doctrinas que se aglomeran sobre com-
petencia, por que no ofrecen ninguna duda, ni la ha tocado aun el Tribunal
que es el unico que puede consultar á cerca de ellas. El Señor Presidente si
quisiese podrá tal vez convertirse en parte para perseguir al que representa;
podrá si lo tubiese por combeniente descender del Solio augusto donde recide
la justicia, para hacer la guerra al que habla, y sostener sus opiniones ante los
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