Page 235 - José de la Riva Aguero - Vol-2
P. 235

Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José de la Riva Agüero
                    Don Juan Guarda á nombre del Gran Mariscal Don José de la Riva
            Agüero y en virtud de su poder en los autos que se siguen en este Supremo
            Tribunal en que pende la suplica del de bista con lo demas deducido: que que
            en los de la materia habiendo recusado por mi parte á barios de los Señores de
            los que se nombraron para componer el tribunal y resolver la Suplica pendien-
            te, se designaron tambien para que conociesen del articulo de recusacion á los
            Señores Soria, Benavente y LLosa por quienes se ha resuelto aquel con fecha
            15 del presente dando por suficientes las causas de recusacion y teniendolos
            por separado del conocimiento de la causa. En su virtud como las Señores que
            han conocidos en este articulo fueron nombrados con solo ese objeto para que
            continue el juicio y se resuelva sobre la suplica pendiente parece de justicia se
            declare por formado el Tribunal con ellos mismos dandole a la causa el giro
            que le corresponde segun derecho y para conseguirlo.


                    A Vuestra Señoria Pido y suplico se sirva prover y mandar como soli-
            cito por ser de justicia que imploro.
                    Manuel Lopez Lisson.
                    Juan Guarda.


                    Lima y Junio 22 de 1832
                    Continuen los mismos Jueces para el articulo suplicado sobre jurisdic-
            cion y traiganse los autos con ellos para el lunes 25 hasiendose saver.
                    [rubrica]
                    Rondon.


                    En el mismo dia de la fecha del auto anterior hise presente su conte-
            nido al Señor Agente Fiscal Doctor Don Blaz José de Alzamora que hace de
            Fiscal en esta causa y rubricó de que certifico.
                    [rubrica]
                    Rodriguez.


                    En el mismo dia de la fecha del auto indicado hise saver su contenido
            al Procurador Don Juan Guarda á nombre de su parte y firmo doy fé.
                    Guarda.
                    Rodriguez.





                                               234
   230   231   232   233   234   235   236   237   238   239   240