Page 170 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Volumen 1
Documentos varios
Excelentisimo Señor
El Tribunal Mayor de Cuentas reproduce el anterior informe. Lima
Marzo 17 de 1845.
Mendiburu Roscan Irigoyen
Excelentisimo Señor
El Fiscal dice: Que con arreglo á las leyes vijentes no ha llegado el caso
de que se pague el capital que reclama el Señor Riva Agüero. Pero si se atiende
á los meritos que tiene contraídos en la guerra de la Independencia á que com-
bendrian que se vendiesen los sitios y fabricas que hay en el Perú que están
cada dia sufriendo un deterioro, á que la ciudad esta deforme por tantos con-
ventos vacios y ruinosos; el Fiscal es de opinion que Vuestra Excelencia puede
mandar se consulte sobre esto al Congreso en su reunión para que faculte al
ejecutivo para vender estos terrenos por toda clase de deudas. La Nación pa-
gara una deuda y se fabricara y hermoseara la capital. Lima Marzo 18 de 1845.
Mariategui
Lima Marzo 28 de 845
Visto este espediente con lo últimamente alegado por el recurrente
en pro de la solicitud que le fue denegada por decreto 8 de febrero proximo
pasado se resuelve que a pesar de que el Gobierno deseara acceder á ella por
los fundamentos que expone el fiscal en su vista de lo del corriente, y por los
antiguos meritos y servicios prestados por el interesado, mediando en con-
tra una ley del Congreso, no es posible al ejecutivo proveerlo favorablemente
pudiendo por tanto el mismo interesado ocurrir á la próxima representación
nacional, de donde unicamente puede emanar cualquiera modificación, bien
entendido de que el Gobierno en la materia, prestará el apoyo que corresponde.
Un rúbrica
Mendiburu
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