Page 171 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José de la Riva Agüero

             Lima Junio 18 de                Señor
             1845                    Don José de la Riva Agüero, parece ante el Con-
             A la Comision de
             Justicia         greso y dice: que habiendo ocurrido al Gobierno para
                    Cueto     que se le compensara un credito reconocido que tiene
                              contra el Estado por una imposición que su familia hizo
                              sobre la Hacienda nacional, se ha substanciado el espe-
                              diente que acompaña. Siendo la resolución del Gobierno
                              que se haga la solicitud al Congreso, ocurre respetuosa-
                              mente á este para que se digne compensarle este credito,
                              y sus réditos vencidos, con parte del Convento Supreso
                              de Santo Tomas. En esta virtud Al Congreso pide y su-
                              plica que teniendo en consideración las razones alegadas
                              este expediente por el que representa, se digne accederá
                              su solicitud.
                                     Lima, Abril 24 de 1845.
                                                    Señor
                                                    Joseph de la Riva Agüero




                               SECRETARIA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

                    Señor
                    La Comision de Justicia há reconsiderado por segunda vez el espe-
            diente remitido por el Ejecutivo, en el que Don José de la Riva-Agüero solicita
            se le paguen con un pedaso del terreno y fabrica del Convento de Santo Tomas
            Ocho mil pesos que están impuestos en la antigua Renta de tabacos, parte de
            trece mil que pertenecían a las Capellanías, Patronatos de legos que mandó
            fundar D. N. de la Riva Castillo, llamando á su goce á los descendientes de
            Don Miguel Román de Aulestia. La Comision se abstuvo de emitir su dic-
            tamen definitivo sobre esta solicitud, porque el Señor peticionario no había
            acompañado los documentos comprobantes de la posecion en que se hallaba
            esta Capellanía, pero las há presentado nuevamente, aunque no de una mane-
            ra indudable, mas si bastante para inducir una prueba mas que semiplena; así
            que pasa á contraherse acerca de lo principal de este negocio. El Supremo Go-
            bierno no há accedido á la solicitud del recurrente, en fuerza de lo que dispone
            la ley, que prohíbe el pago de toda deuda contraída antes de la Independencia,


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