Page 169 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Vida y obra de José de la Riva Agüero


                    Excelentísimo Señor
                    Joseph de la Riva Agüero
                    El Fiscal pide que informe el tribunal de Cuentas y que fecho corra la
            vista. Lima Marzo 8 de 1845.


                    Lima Marzo 11 de 1845
                    Informe el Tribunal de Cuentas y fecho corra la vista.
                           Mendiburu


                    Lima Marzo 13 de 1845
                    Informe con reconocimiento de este expediente él contador don José
            Maria Cordova.
                    Mendiburu            Roscan                Eslaba

                    Señores Contadores Mayores
                    La presente solicitud tiene por objeto la amortización de los reditos
            vencidos de un capital enterado en 1783 por el Marquez de Montealegre y don
            Fernando Román como patron uno y el otro capellan de un anniversario fun-
            dado por don Toribio de la Riva Castillo; cuya responsabilidad gravita sobre
            la extinguida Renta de Tabacos. Es verdad que por ley del Congreso de 22 de
            Agosto de 831 se reconocieron esta clase de creditos, empero, supago se debe
            efectuar (segun ella) despues de satisfecha la del tiempo de la independencia;
            al menos que no se hallen en el caso del articulo 3°, es decir, de compensación.
            Ya se há resuelto lo conveniente en este particular mas el Señor interesado
            insiste, aduciendo varios ejemplares, los que segun decreto, no hacen fuerza
            porque no se ha derogado, ni reformado la ley por quien son con creditos es-
            peditos contraidos en la epoca de la independencia. No entrare en la cuestion
            si han sido admitidos en alguna, pero dire: que si ha sucedido, el Magistrado
            que lo halla verificado, queda ligado á responsabilidad, la que satisfara cuando
            llegue el caso de la residencia. Lima Marzo 17 de 1845.
                    Señores Contadores Mayores
                    Jose Maria de Cordova y Urrutia









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