Page 607 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger El señor PRESIDENTE. Señor Torres y
(FNTC). Muchísimas gracias, señor, por las Torres Lara, tiene la palabra.
consideraciones que expresa respecto de mi per-
sona, pero yo siempre he sabido y aquí hay El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
parlamentarios que lo pueden ratificar que C90). Sí. Como cada capítulo se ha manejado
cuando inicia la discusión de un proyecto de ley, con una enumeración especial, se refiere a la par-
al tratar el primer artículo siempre hay un deba- te del Poder Judicial. La única condición que se
te general. Si no formulamos en este momento excluye es la de haber sido magistrado de la Cor-
una pregunta que alcance otros aspectos no com- te Superior durante diez años o haber ejercido la
prendidos en ese primer artículo, en qué momen- abogacía o la cátedra universitaria en disciplina
to la vamos a formular. Entonces, sencillamente jurídica durante quince años, porque se supone
terminamos de votar los artículos y queda la cosa que habrá también candidatos que no sean abo-
tal y como vino propuesta. gados.
El señor Chirinos me pide una interrupción, se- El señor PRESIDENTE. Señor Barrón, tie-
ñor Presidente. ne la palabra.
El señor PRESIDENTE. Disculpe, señor El señor BARRÓN CEBREROS (PPC).
Chirinos, le voy a conceder en el momento ade- Gracias, Presidente.
cuado.
Quiero preguntar, por su intermedio, a la Presi-
No estamos ofreciendo ninguna interrupción dencia de la Comisión de Constitución, ¿por qué
debido a que hemos abierto una estación espe- no colocar en el artículo 171º la misma redac-
cial de preguntas específicas entre quien las hace ción que se utilizó en el artículo 202º? Es decir,
y el doctor Torres y Torres Lara. cuando se establece cómo se elige al miembro del
Consejo de la Magistratura, señalar entre quié-
Muchas gracias. nes se puede elegir, tal como se ha hecho en el
artículo 202º, en el que, al indicar cómo se eligen
los miembros del Jurado Nacional de Elecciones,
Continúe, señor Róger Cáceres.
se estipula también entre quiénes se puede ha-
cer la selección. Creo que colocar eso como re-
El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
(FNTC). Por las limitaciones que usted seña- dacción definitiva daría claridad al texto.
la, concreto mi pregunta en lo siguiente: ¿por qué
motivo no se ha considerado dispositivos espe- Finalmente, en el artículo 176º, para darle un
mejor orden, es mejor colocar por delante a los
ciales dentro de los que se están proponien- jueces y luego a los fiscales, y no como se ha he-
do con referencia a los Consejos Distritales de cho, al revés.
la Magistratura, dado que sería muy grave que
el Consejo Nacional tuviera facultades irrestric- Gracias.
tas para integrarlos en la forma que viera por
conveniente? El señor PRESIDENTE. Doctor Enrique
Chirinos, tiene la palabra.
El señor PRESIDENTE. Señor Henry Pease,
tiene la palabra. El señor CHIRINOS SOTO (R). Muchas
gracias, señor Presidente.
El señor PEASE GARCÍA (MDI). Saludo
esta adecuada rectificación. Ello aclara lo que Mi pregunta va a la misma cuestión de procedi-
piensa la mayoría sobre el problema de los Con- miento que me ocupa en este Congreso desde
sejos Distritales de la Magistratura, así que no hace tres días: ¿tiene dictamen esta nueva pro-
pregunto sobre eso. puesta? No tiene dictamen. La señorita Chávez
Cossío se pone de pie y dice que sí tiene dicta-
Sin embargo, no entiendo lo que dice el artículo men...
172º: "Para ser miembro del Consejo Nacional
de la Magistratura se requiere de los mismos re- El señor PRESIDENTE. Perdón, la señori-
quisitos que para ser vocal de la Corte Suprema, ta Chávez no tiene autorización para hacer uso
salvo lo previsto en el inciso 4) del Artículo 166º". de la palabra.
Pero el artículo 166º no tiene incisos ni 1), ni
2), ni 3), ni 4) y no dice nada sobre ese tema. El señor CHIRINOS SOTO (R). Pero ayer
me interrumpió y me dijo que sí tenía dictamen
Entonces, ahí debe haber algún error. y que éste era el de la Comisión de Constitución.
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