Page 243 - Debate Constitucional 1993 - Tomo III
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Congreso al Tribunal de Garantías Constitucio-  balmente y a veces por escrito, nos han ayudado
                  nales hay un mayor consenso, la mayoría lo va a  a mejorar el proyecto. De tal manera que es jus-
                  aceptar.                                    to reconocer ese apoyo. No digo que ellos suscri-
                                                              birían todos los artículos, pero hay que mencio-
                  Yo dejo aclarado que tanto la primera fórmula  nar que con su crítica y su apoyo nos han ayuda-
                  como la segunda van a recibir siempre críticas  do a un proyecto mejor.
                  por una razón muy sencilla: no hay manera per-
                  fecta de nombrar funcionarios públicos y entida-  Y para que la lista no esté incompleta, finalmen-
                  des constitucionales; no la hay. O las nombra el  te tengo que revelar el nombre de un constitucio-
                  Ejecutivo y las confirma el Parlamento; o las pro-  nalista peruano recién retornado de estudios en
                  pone la Corte Suprema y las nombra el Ejecuti-  Europa y que ha asesorado con mucho interés a
                  vo; o el Congreso las nombra sin que nadie se lo  la Comisión, se trata del profesor Jorge Danós
                  proponga, o el Consejo de la Magistratura se lo  Ordoñez, a quien yo públicamente agradezco la
                  propone al Congreso. ¿Cuál de estas fórmulas no  muy importante contribución que ha hecho en
                  es criticable? Todas, unas más que otras.   éste y otros capítulos.

                  En un caso, ¿por qué el Ejecutivo opina?; en otro,  Ahora, señor Presidente, quisiera entrar a la parte
                  ¿por qué la Corte Suprema, que tiende a ser co-  central que ha motivado la discrepancia del tres
                  optación de tipo restringido, va a intervenir?; en  por ciento o del dos por ciento de este Congreso;
                  otros casos, ¿por qué el Consejo?; o, ¿por qué va-  quizás del tres, quizás del tres punto cinco; y es
                  mos a ratificar los congresistas? En realidad es-  la referida a que en estado de emergencia no se
                  tamos yendo de un lado al otro en una Constitu-  suspenden las garantías de hábeas corpus y de
                  ción como la nuestra en que en algunos casos el  amparo.
                  organismo es nombrado por abogados y profeso-
                  res, en otros es nombrado por el Congreso y en  Ésta es una innovación constitucional de gran
                  algunos más es nombrado por la Corte Suprema.  importancia y muy meritoria. Contó desde el co-
                  Así tenemos una Constitución donde hemos com-  mienzo con el apoyo firme no sólo de la mayoría
                  binado distintos mecanismos para satisfacer to-  de la Alianza, sino del Partido Popular Cristiano
                  das las alternativas que se planteaban.     y el Movimiento Democrático de Izquierda, lo cual
                                                              me parece necesario resaltar.
                  Quisiera, a continuación, referirme al problema
                  central de este debate, que no estriba en si hace-  Cuando nosotros hemos defendido incorporar este
                  mos o no del tribunal una entidad independien-  concepto, no es que se esté intentando disminuir
                  te, porque en ese aspecto se puede decir que hay  la fuerza del Ejecutivo para que declare los esta-
                  una coincidencia prácticamente del noventa por  dos de emergencia, no se discute el derecho del
                  ciento de los miembros del Congreso.        Poder Ejecutivo para decretar un estado de emer-
                                                              gencia. Lo único que se pide es que en la ejecu-
                  De tal manera que, si de ochenta congresistas  ción de los actos que controlan el ejercicio de los
                  más de setenta quieren un tribunal independien-  derechos que han sido suspendidos, la última pa-
                  te, sólo queda que se lo expliquemos a la opinión  labra sea el juez y no la policía. Ése será el punto
                  pública —para lo cual no usaré este recinto hoy  central de este debate el día de hoy.
                  día— y que sigamos adelante, porque respecto
                  de ese punto hay un consenso muy grande en el  Al convertir esto en un tema central, creemos
                  Congreso. Lo que me releva de hacer una funda-  que estamos reforzando la defensa de los dere-
                  mentación sobre ese particular, y que, además,  chos humanos, porque, cuando exista una duda,
                  no es mérito sólo de mayorías y minorías sino la  el juez no debe decirle al ciudadano que presenta
                  opinión casi unánime de todos los constituciona-  un recurso de hábeas corpus o de amparo, que
                  listas que han sido consultados, más el Colegio  regrese a su casa y se guarde el recurso, ya que
                  de Abogados, los decanos anteriores, el Decano  entonces la persona sometida a un proceso de esa
                  actual, además de las conferencias realizadas  naturaleza no tendría cómo reclamar hasta que
                  donde han participado especialistas sobre ese  termine el estado de emergencia.
                  tema, más la Comisión Andina de Juristas y tres,
                  cuatro o cinco constitucionalistas a quienes debo  Esa tesis es la que hoy sacamos de lado e implan-
                  mencionar de una vez para no olvidarme.     tamos una clara voluntad democrática por la cual,
                                                              ante una detención arbitraria, ante una violación
                  Quiero agradecer públicamente los comentarios  de domicilio injustificada, ante un proceso que
                  y el apoyo brindado a este capítulo por Domingo  vulnera cualquier derecho elemental que no tie-
                  García Belaunde, por los doctores Samuel Abad,  ne nada que ver con el estado de emergencia, que-
                  Francisco Eguiguren, Jorge Power Manchego   da el instrumento del recurso de garantía. En-
                  Muñoz, quienes en forma personal, a veces ver-  tonces, el juez es quien le dirá al ciudadano: us-



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