Page 880 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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En el servicio militar, la preparación es de tres  El señor YSISOLA FARFÁN (NM-C90).—
                  meses y con un entrenamiento físico-militar; en  Con la venia del señor Presidente, le concedo una
                  el servicio policial, para lo único que se tiene que  interrupción al señor Fernández Arce.
                  estar capacitado es para cumplir órdenes, y yo
                  no creo que se necesite más de tres meses para  El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-
                  aprender a recibir órdenes. El personal del ser-  pir, señor Fernández Arce.
                  vicio no toma decisiones, sólo cumple órdenes y,
                  en todo caso, constituye una especie de refuerzo  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—
                  para el personal de carrera. En todo caso, si tra-  Muchas gracias, señor Ysisola Farfán; muchas
                  bajáramos con la lógica de que tres meses no son  gracias, señor Presidente.
                  suficientes para preparar a un hombre para el
                  servicio policial, entonces también tendría que  Daré tres precisiones a tres artículos, y no me
                  desaparecer el servicio militar obligatorio.  demoraré más de un minuto.

                  Les recuerdo otra vez que, cuando hice el servi-  En el tema relativo a la seguridad y la defensa
                  cio militar obligatorio para guardacostas, a los  nacional, el artículo 191º dice: "La dirección, la
                  de esa primera promoción nos enviaron a Infan-  preparación y el ejercicio de la Defensa Nacional
                  tería de Marina, y toda la preparación duró tres  se realizan a través de un sistema (...)". Efectiva-
                  meses. La preparación premilitar la hicimos junto  mente, esto es cierto, y, si es un sistema, al señor
                  con los infantes de Marina; pero la instrucción  Presidente de la República no le corresponde di-
                  académica, no. Mientras que los infantes esta-  rigir, sino más bien presidir. De tal manera que
                  ban en sus cuestiones tácticas de guerra, los guar-  yo señalaría —y llevo aquí el proyecto—, en la
                  dacostas recibíamos instrucción de tráfico marí-  parte final de este artículo, lo siguiente: "El Pre-
                  timo, porque ése es el trabajo de los guardacos-  sidente de la República preside el Sistema de
                  tas. Lo mismo se puede hacer con la Policía Na-  Defensa Nacional".
                  cional si se implementa un servicio policial con  El segundo punto es con relación a lo que dijo
                  el fin de que los jóvenes reciban instrucción poli-
                  ciaca para que desempeñen la labor de los poli-  nuestra amiga, la doctora Lourdes Flores Nano,
                                                              esta mañana. El artículo 195º dice: "Las Fuerzas
                  cías.                                       Armadas y la Policía Nacional no son deliberan-
                                                              tes (...)". En vez de ello pondría: "Las Fuerzas
                  Quizás, en el fondo, se esté tratando de defender  Armadas y la Policía Nacional no son deliberan-
                  a esas grandes empresas de vigilancia o de man-  tes en materia política. Están subordinadas al
                  tenimiento; pero eso ya sería otra cosa. Realmen-  poder constitucional".
                  te, creo que tres meses son suficientes para que
                  una persona esté capacitada para cumplir órde-  El tercer punto, que es el que considero como el
                  nes.                                        más importante, se refiere a la conformación del
                                                              Tribunal Militar. Sugiero el siguiente texto: "Los
                  Otro punto es que el personal del servicio mili-  miembros de las Fuerzas Armadas y de la Poli-
                  tar no utiliza armas menores, como las pistolas,  cía Nacional, en los casos de delitos de función,
                  por ejemplo, sino que mayormente se le prepara  están sometidos al Fuero Privativo Militar Le-
                  para que utilice un fusil y haga guardia en gari-  trado —repito: al Fuero Privativo Militar Letra-
                  tas. Quienes hacen el servicio militar no están  do— y con sujeción al Código de Justicia Mili-
                  autorizados para portar armas fuera de los re-  tar".
                  cintos militares. De igual forma se haría con este
                  servicio policial en el sentido de que el personal  Muchas gracias, señor Presidente.
                  tampoco podría utilizar armas, ya que sólo reali-
                  zaría labores secundarias para reforzar la activi-  El señor PRESIDENTE.— Puede continuar,
                  dad policial.                               señor Ysisola Farfán.

                  En ese sentido, creo que, para encontrar una ver-  El señor YSISOLA FARFÁN (NM-C90).—
                  dadera equivalencia entre las Fuerzas Armadas  Señor Presidente: Estaba diciendo que es acer-
                  y la Policía Nacional, se tiene que implementar  tado que la Comisión haya incluido el término
                  este servicio policial obligatorio.         "investigar" como una de las funciones de la Poli-
                                                              cía Nacional, porque ésa es la esencia de la Poli-
                  También celebro que se haya incluido el término  cía. Éste era un vacío que se encontraba en la
                  "investigar"...                             Constitución de 1979, y ahora ha sido llenado.

                  El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—          Espero, señor Presidente, que se apruebe la pro-
                  ¿Me permite una interrupción?               puesta del servicio policial y que se incluya el



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