Page 844 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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del señor Oswaldo Sandoval Aguirre, deba- uno solo y que esto se ponga a consideración del
tir dicho capítulo conjuntamente con el Pleno para que luego, una vez aprobada esta cues-
Capítulo XIII, De las Fuerzas Armadas y de tión previa, podamos pasar ya a la cuestión de
la Policía Nacional; iniciándose el debate fondo, es decir, a debatir el nuevo capítulo, que
del texto sustitutorio, de ambos capítulos, sería la unión de éstos dos.
presentado por el señor Gilberto Siura Cés-
pedes, artículos 189º al 204º Gracias, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE. Continúa el deba- El señor PRESIDENTE. En realidad, se tra-
te del proyecto sustitutorio contenido en el dic- ta de una cuestión de orden más que de una cues-
tamen en mayoría de la Comisión de Constitu- tión previa, señor Sandoval.
ción.
El señor SANDOVAL AGUIRRE (NM-C90).
Se va a dar lectura a los artículos 189º, 190º y En efecto, señor, disculpe; es una cuestión de or-
191º del Capítulo de la Seguridad y de la Defen- den.
sa Nacional.
El señor PRESIDENTE. Sin embargo, va-
El RELATOR da lectura: mos a conceder la palabra al señor Pease y al se-
ñor Cáceres para proceder a ver la cuestión de
"Capítulo XII orden.
De la Seguridad y de la Defensa Nacional Señor Pease, tiene usted el uso de la palabra.
Artículo 189º. El Estado garantiza la seguri- El señor PEASE GARCÍA (MDI). Señor
dad de la Nación mediante la Defensa Nacional. Presidente: Hay razones para que se trate de dos
temas diferentes, aunque es posible que se los
Artículo 190º. La Defensa Nacional es perma- considere en una misma discusión. No estoy de
nente e integral. Se desarrolla en los ámbitos in- acuerdo con la propuesta de que conformen un
terno y externo. Toda persona, natural o jurídi- solo capítulo, porque la Seguridad y la Defensa
ca, está obligada a participar en ella de confor- Nacional constituyen un problema multisectorial,
midad con la ley. un problema más amplio que el de las Fuerzas Ar-
madas y la Policía Nacional. Entonces, tiene una
Artículo 191º. La dirección, la preparación y el razón de ser el que estos dos primeros artículos
ejercicio de la Defensa Nacional se realizan a tra- tengan una denominación propia como capítulo
vés de un sistema cuya organización y cuyas fun- titulado "De la Seguridad y Defensa Nacional".
ciones determina la ley. El Presidente de la Re- Otra cosa es que lo debatamos consecutivamen-
pública dirige el Sistema de Defensa Nacional." te.
El señor PRESIDENTE. En debate. En efecto, como son solo dos artículos, los del
primer capítulo pueden tratarse juntos; pero, eso
Me parece que nuestro común amigo, el doctor sí, al ponerlos como capítulos separados, lo que
Torres y Torres Lara, no está en la Sala. se está señalando es que una materia más am-
plia, como Seguridad y Defensa Nacional, no ne-
Señor Sandoval, tiene la palabra. cesita, en concepto de la Comisión, más que de
esos dos artículos en la Constitución. No obstan-
El señor SANDOVAL AGUIRRE (NM-C90). te, temas como la legislación en materia de De-
Señor Presidente: Desearía proponer como cues- fensa Nacional y el Consejo de Defensa Nacional
tión previa que, considerando que los temas de son más amplios que lo referente a nuestras Fuer-
los Capítulos XII y XIII del proyecto presentado zas Armadas, que siempre, por otra parte, han
por la Comisión de Constitución que por algu- tenido un capítulo bajo esa exclusiva denomina-
na razón la Comisión consideró ubicar por sepa- ción de Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
rado son lo mismo, vuelvan a su estado origi-
nal. Es decir, propongo que ambos sean conside- Por tanto, por lo menos en este punto, sí discre-
rados como un tema único para su debate y vota- paría de la cuestión de orden.
ción en el proceso que estamos ahora desarro-
llando y así sea mostrado en la Constitución una El señor PRESIDENTE. Señor Róger Cá-
vez aprobada. ceres Velásquez, puede hacer uso de la palabra.
Mi propuesta concreta es, pues, señor Presiden- El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger
te, que ambos capítulos sean considerados como (FNTC). Señor Presidente: Cuando se deba-
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