Page 840 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-          Dicha elección, sus requisitos, el desempeño
                  C90).— "Artículo 179º.— Los miembros titula-  jurisdiccional, la capacitación y la duración en
                  res del Consejo Nacional y de los Consejos Dis-  sus cargos son normados por ley.
                  tritales de la Magistratura son elegidos, conjun-
                  tamente con los suplentes, por un período de siete  La ley puede establecer la elección de los jueces
                  años. Las vacancias se cubren por cooptación,  de primera instancia y determinar los mecanis-
                  hasta la conclusión del período respectivo."  mos pertinentes.

                  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar. Los    Artículo 169º.— Los jueces y fiscales están
                  señores congresistas que aprueben el artículo  prohibidos de participar en política, de sindi-
                  leído, se servirán manifestarlo poniéndose y per-  calizarse y de declararse en huelga.
                  maneciendo de pie. (Votación). Los que estén en
                  contra. (Votación). El artículo 179º ha sido apro-  Artículo 170º.— El Estado garantiza a los ma-
                  bado por 45 votos a favor y 14 en contra.   gistrados judiciales:
                  Siguiente artículo.                         1. Su independencia. Sólo están sometidos a la
                                                              Constitución y la ley.
                  El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
                  C90).— "Artículo 180º.— Los miembros del Con-  2. La inamovilidad en sus cargos.
                  sejo Nacional y de los Consejos Distritales de la
                  Magistratura, pueden ser removidos por causa  3. Su permanencia en el servicio. Los magistra-
                  grave mediante acuerdo del Congreso adoptado  dos no pueden ser trasladados sin su consenti-
                  con el voto conforme de las dos terceras partes  miento. Y
                  de los miembros del mismo."
                                                              4. Una remuneración que les asegure un nivel
                  El señor PRESIDENTE.— Se va a votar. Los    de vida digno de su misión y jerarquía.
                  señores congresistas que aprueben el artículo
                  leído, se servirán manifestarlo poniéndose y per-  Artículo 171º.— Los magistrados y fiscales es-
                  maneciendo de pie. (Votación). Los que estén en  tán sujetos a ratificación por el Consejo Nacio-
                  contra. (Votación). El artículo 180º ha sido apro-  nal o Distrital de la Magistratura.
                  bado por 45 votos a favor y 14 en contra.
                                                              La no ratificación se produce por inconducta o
                  —El texto de los artículos aprobados es el  incompetencia funcional. Los magistrados y fis-
                  siguiente:
                                                              cales tienen derecho a ser oídos. Las resolucio-
                                                              nes son motivadas.
                                 "Capítulo IX
                    Del Consejo Nacional y de los Consejos    Artículo 172º.— El Consejo Nacional de la
                                                              Magistratura nombra, previo concurso público de
                                 Distritales
                                                              méritos y evaluación personal, a los vocales de la
                  Artículo 166º.— El Consejo Nacional de la   Corte Suprema y de la Corte Superior, así como
                  Magistratura y los Consejos Distritales se encar-  a los fiscales ante éstas. Dichos nombramientos
                  gan de la selección, el nombramiento y el ascen-  requieren el voto conforme de los dos tercios del
                  so de los fiscales y de los jueces, salvo cuando  número legal de sus miembros.
                  éstos provengan de elección popular.
                                                              Artículo 173º.— Los jueces y fiscales de los de-
                  El Consejo Nacional de la Magistratura es inde-  más grados son nombrados previo concurso pú-
                  pendiente y se rige por su Ley Orgánica.    blico de méritos y evaluación personal por el Con-
                                                              sejo Distrital de la Magistratura.
                  Artículo 167º.— La Academia de la Magistra-
                  tura, que forma parte del Poder Judicial, se en-  Su nombramiento es comunicado al Consejo Na-
                  carga de la formación y capacitación de jueces y  cional de la Magistratura dentro del plazo de diez
                  fiscales en todos sus niveles para los efectos de  días. Para que dicho nombramiento quede sin
                  su selección.                               efecto, el Consejo Nacional de la Magistratura,
                                                              dentro de los treinta días siguientes, deberá re-
                  Es requisito para el ascenso la aprobación de estu-  chazarlo con el voto conforme de los dos tercios
                  dios especiales que requiera dicha Academia.  del número legal de sus miembros.

                  Artículo 168º.— Los Jueces de Paz provienen  Artículo 174º.— Son funciones del Consejo
                  de elección popular.                        Nacional de la Magistratura:



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