Page 643 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
P. 643

imposible establecer las bases de un gobierno  reelección, determinarse si continúa el mismo y,
                  permanente para que lo haga sólo durante unos  acto inmediato y simultáneo, elegirse al sustitu-
                  tres, cuatro años. Lo cierto es que cuando un  to.
                  gobierno tiene cierta duración, sólo así le es per-
                  mitido establecer nuevos y estables rumbos para  Entonces, en vez de un período largo como el fran-
                  el país. Pero es cierto también que el pueblo debe  cés, de siete u ocho años, con corte de una
                  tener el derecho a no confirmar a un gobernante  revocatoria que se podría establecer si el Presi-
                  que no ha orientado debidamente sus labores de  dente no funciona bien, simplemente establece-
                  gobierno.                                   mos dos períodos de cinco años, mediante el cual
                                                              el pueblo al quinto año va a decir, si el gobernan-
                  En consecuencia, lo lógico es establecer un siste-  te está actuando correctamente, que continúe; y,
                  ma parecido al de otros países, mediante los cua-  de lo contrario, si no lo está haciendo bien, que
                  les, caso de Estados Unidos, el gobernante puede  elija a otra persona.
                  serlo por dos períodos de cuatro años; o el de Fran-
                  cia, siete años en forma indefinida, para que cada  La decisión de este Congreso soberano sobre esta
                  cuatro años, en el primer caso, o cada siete años  materia de reelección es realmente democrática,
                  se le consulte al pueblo si seguir en la misma línea  porque no va a decidir este Congreso la reelec-
                  de acción con el mismo conductor —porque el Pre-  ción del presidente Fujimori, por ejemplo, como
                  sidente es un conductor, hay que reconocerlo, en  la decidió algún Parlamento europeo en su Con-
                  todos los países— o de lo contrario terminar con  greso Constituyente: ampliar el mandato del Pre-
                  el gobierno.                                sidente de la República vigente. No es eso. Lo
                                                              que se está planteando aquí es la posibilidad de
                  Una segunda elección es, en realidad, un acto de  la reelección permanente. Y si se refiere al presi-
                  revocación cuando está permitida la reelección.  dente Fujimori, está claro que lo que se quisiera
                  Si nosotros hubiésemos establecido, por ejemplo,  es que, en el supuesto caso de que se decidiera
                  en el proyecto un solo período de cuatro, de ocho  su participación aprobada que sea esta disposi-
                  años o de nueve o de diez años, un solo período,  ción, él sea uno de los candidatos más dentro de
                  habríamos escuchado las voces de las minorías:  la cédula de sufragio, en la que los pobladores,
                  que no haya reelección, y habríamos establecido  los ciudadanos, puedan elegir un nombre.
                  un solo período, como por ejemplo en Francia,
                  de siete años. Hemos podido decir uno solo por  En esencia, señor Presidente, quisiéramos indi-
                  ocho o uno solo por diez. Pero pensamos que, si  car a las minorías oponentes —porque, reitero,
                  bien es cierto que un gobernante puede realmente  que estimamos el apoyo de algunos sectores de
                  hacer una labor eficaz y estable durante ocho o  la minoría al ver la racionalidad de esta propues-
                  diez años, también pensamos que el país no pue-  ta— que no nos dejemos guiar simplemente por
                  de embarcarse en un gobierno que dure ocho o  los excesos que hubiese tenido algún punto en el
                  diez años cuando el pueblo no lo quiere.    pasado.
                  Por lo tanto, en ese gobierno de ocho o diez años  Quiero recordar que en este mismo lugar se pro-
                  sería necesario establecer, a su vez, el derecho de  dujo la Asamblea Constituyente de 1867. En
                  revocatoria del Presidente a la mitad. Por ejem-  aquella asamblea de 1867... Perdón, 1856, se pro-
                  plo, si establecemos un gobierno de ocho o diez  puso la reelección. El caso concreto era el del
                  años, uno solo, sin reelección —jamás, a la mexi-  Gran Mariscal Castilla. En esa oportunidad, la
                  cana—, podríamos establecer a la mitad del pe-  reelección se perdió por un voto; por un voto, se-
                  ríodo, a los cinco años, el derecho de revocación  ñores.
                  del Presidente si es que no está yendo bien.
                                                              El tema de la reelección nunca ha sido definido
                  Eso es lo práctico, y eso hubiese recogido bien,  en el Perú en un sentido contundente. Siempre
                  seguramente, la posición no reeleccionista de al-  nuestras Constituyentes han dudado sobre el
                  gunos sectores de la minoría. Digo algunos sec-  tema. ¡Qué pena!, digo. ¡Qué pena —digo y repi-
                  tores, porque sabemos que hay importantes con-  to hoy— que con Castilla no hubo la reelección!
                  gresistas que van a apoyar nuestra posición de la  Castilla lo deseó, el pueblo lo quiso, y el Congre-
                  reelección por una sola vez.                so perdió la posibilidad de tenerlo a Castilla un
                                                              gobierno más por un voto. Un voto fue el que
                  Pero no hemos ido por esa vía. Nos ha parecido  decidió la historia.
                  más prudente, en vez de establecer un solo pe-
                  ríodo de ocho o diez años con revocación inter-  Y si nosotros miramos el siglo pasado, ¿qué go-
                  media, hacer dos períodos de cinco años para que  biernos y qué gobernantes tenemos que admi-
                  a la mitad del gobierno —a los cinco— pueda,  rar? Con sus errores, porque Castilla los tuvo
                  en un acto que realmente sea revocatorio o de  también, Presidente. Pero Castilla es de aque-



                                                          1521
   638   639   640   641   642   643   644   645   646   647   648