Page 552 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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Es, además, una propuesta internacionalmente  —Asume la Presidencia el señor Víctor Joy
                  aceptable. Nadie en el mundo podrá criticar esta  Way Rojas.
                  norma, porque señala que se aplicará sólo den-
                  tro de los convenios internacionales, y aun con-  El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el
                  cibiendo que en el Perú ya existe la pena de muer-  señor Sambuceti Pedraglio.
                  te, como la hay, desde hace mucho tiempo, en
                  algunos países, como los Estados Unidos, Rusia  El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO (FIM).—
                  o China.                                    Señor Presidente, quisiera hacer uso de la pala-
                                                              bra, pero posteriormente.
                  Hay un argumento importante mencionado en
                  algunas oportunidades y que hoy un colega de  Desearía ahora hacer una consulta al doctor To-
                  mi bancada lo ha dado, y con esto quiero termi-  rres y Torres Lara. ¿Cómo quedaría entonces el
                  nar esta exposición. Él dijo: "La pena de muerte  artículo? Usted ha hablado de una adición ¿Po-
                  muchas veces es importante, porque la violencia  dría usted repetirlo? Porque yo tengo acá el ar-
                  en algunas sociedades debe aplicarse, a veces sin  tículo 159º que dice:
                  ley de ningún tipo".
                                                              "La pena de muerte sólo puede aplicarse por los
                  Aquellos desquiciados; aquellos que no saben  delitos de traición a la patria y de terrorismo con-
                  controlar su propia autoridad y que a veces van  forme a las leyes internas y a los tratados de los
                  contra los derechos humanos; aquellos que tie-  que el Perú es parte".
                  nen alguna vez la posibilidad de usar la fuerza
                  del Estado y que por un exceso no reconocido y  Así quedaría.
                  siempre criticado por este gobierno pudieran co-
                  meter el exceso personal de la pena de muerte  El señor TORRES Y TORRES LARA (NM-
                  directa, es decir, matar a una persona, tienen  C90).— Señor Presidente, si me permite, hay una
                  como respuesta, ahora, la posibilidad de que las  aclaración. Es "por los delitos de traición a la pa-
                  cosas se lleven por la vía legal; y si alguna vez  tria en caso de guerra exterior", o sea el concepto
                  hay que dar la pena de muerte a un individuo,  actual, y luego sigue "y de terrorismo". En conse-
                  tendrá que ser a través de un procedimiento de-  cuencia, es el mismo concepto que está en la Cons-
                  bidamente llevado, con los límites que establez-  titución vigente, con el agregado de "terrorismo",
                  ca la ley, sin ninguna duda, y en un caso absolu-  dentro de las precisiones que he señalado.
                  tamente extremo.
                                                              El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra el
                  En consecuencia, la Comisión somete a conside-  señor Jorge Donayre.
                  ración del Pleno una propuesta para esclarecer
                  el artículo mencionado, señalando que, además  El señor DONAYRE LOZANO (CD).— Presi-
                  de la pena de muerte por caso de guerra exterior,  dente: Voy a iniciar esta intervención formulan-
                  lo que ya existe en la Constitución actual, dicha  do la misma pregunta que se formula en todos
                  pena de muerte también se aplicaría por terro-  los foros del mundo cuando se trata de la pena
                  rismo, bajo tres condiciones fundamentales:  de muerte: ¿gana o pierde la sociedad cuando se
                                                              aplica la pena capital? Ésta es la pregunta que
                  Primera, no retroactivamente; segunda, de acuer-  siempre se hace y habrá de hacerse en todos los
                  do a los convenios internacionales, lo que impli-  lugares donde se debate el tema de la pena de
                  caría modificarlos o, en una situación muy extre-  muerte.
                  ma que nadie desea, denunciarlos; y tercera, suje-
                  ta a una ley que señale los casos extremos de te-  Yo particularmente creo, con expresiva sinceri-
                  rrorismo, en donde sea inevitable, por la subsis-  dad, que la sociedad pierde, en lugar de ganar,
                  tencia de la patria, aplicar una pena tan extrema  cuando aplica la pena de muerte. Y lo creo así,
                  que todos lamentamos, pero que el Perú parece  por una serie de razones. Si la honorable Sala
                  concebirla ahora como una necesidad vital.  me permite explicar desarrollaré la tesis corres-
                                                              pondiente. Fundamentalmente, creo que no debe
                  En consecuencia, es una propuesta que conside-  aplicarse la pena de muerte. Tuve en mi vida,
                  ramos necesaria dentro de las circunstancias ac-  como abogado dedicado muchos años casi exclu-
                  tuales de guerra interna que vive el país; una  sivamente al campo penal, la suerte y el privile-
                  puerta abierta, para aplicarla de ser necesario y,  gio que pocos abogados pueden tener, de haber
                  en ese caso, legislarla.                    defendido dos casos en que el Fiscal había solici-
                                                              tado la pena de muerte para mis patrocinados.
                  Eso es todo, señor Presidente.
                                                              Era el año 1970, cuando yo defendía a Marcio
                  Gracias.                                    Ríos Oracu, por haber supuestamente asesinado



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