Page 522 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90). Si la Fiscalía de la Nación no siempre ha cum-
Señor Presidente: Si no hubiera inconveniente, plido en el Perú sus funciones adecuadas como
suplico si puede hablar primero el señor Ocharan Defensor del Pueblo, ha sido fundamentalmen-
o alguien de su bancada, porque estoy coordi- te por carencia de recursos y medios, y puede
nando algunos ajustes; sino, estoy dispuesto a ser también por carencia de personas. Pero creo
hacerlo yo. yo que no adelantaríamos mucho estableciendo
la diferenciación entre el Ministerio Público y el
El señor PRESIDENTE. Puede hacer uso Defensor del Pueblo.
de la palabra el señor Cáceres.
El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROÉDEL
El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger (R). ¿Me permite una interrupción?
(FNTC). Señor Presidente: Dentro del arti-
culado que se ha propuesto observo que hay una El señor MOREYRA LOREDO (SODE).
omisión con relación al texto vigente que creo Cómo no, perdone usted.
es indispensable salvar.
El señor PRESIDENTE. Puede interrum-
Es lo que concierne a los órganos del Ministerio pir el señor Ortiz de Zevallos.
Público. Es por eso que creo que debe agregarse
un artículo, que sería el 180-A, con el texto si- El señor ORTIZ DE ZEVALLOS ROÉDEL
guiente: "Son órganos del Ministerio Público: el (R). Señor Presidente, con su venia.
Fiscal de la Nación en primer lugar; los fis-
cales supremos de la República, los cuales se Yo no considero que ha tenido problemas el Mi-
turnan sucesivamente cada dos años en la Fis- nisterio Público por falta de personas o por falta
calía de la Nación de no consignarse esta re- de recursos. Ha contado con todos los recursos
gla, habría un vacío al respecto que no creo que necesarios cuando yo fui Fiscal de la Nación, y,
debiera dejarse a la ley orgánica, sino que debe- como actividad de persona, lo cumplí plenamen-
ría ser materia de una disposición constitucio- te.
nal; los fiscales superiores en las sedes de Corte; Tengo aquí mi memoria en la que constan todos
y finalmente las fiscalías provinciales en los
lugares que sean sedes de juzgados especiales". los diferentes, los numerosísimos casos en que
intervine como Defensor del Pueblo, y esto es
En esta forma, señor, creo que se completaría la del año 1981. El hecho de que posteriormente
redacción de los artículos propuestos para este los fiscales de la nación que me sucedieron no
Capítulo X, Del Ministerio Público, que integra usaran con el debido celo del ejercicio de su fun-
el Título IV, De la Estructura del Estado. ción no quiere decir que haya existido una difi-
cultad en cuanto al sistema. Nosotros resolvi-
Pongo estos criterios a consideración del señor mos dos mil trescientos cincuenta y un casos de
Presidente de la Comisión de Justicia, que en- quejas y denuncias, que es un número suficien-
tiendo que es el que debe pronunciarse sobre el te.
particular en una primera instancia.
Los senadores, cuando yo me jubilé, expresaron
El señor PRESIDENTE. Doctor Moreyra, su plena adhesión a mi labor. Así lo hicieron el
puede hacer uso de la palabra. doctor Sánchez y varios senadores más, y deja-
ron constancia de que yo había cumplido plena-
El señor MOREYRA LOREDO (SODE). mente con mi actividad. Se decía entonces que
Gracias, señor Presidente. al Fiscal de la Nación se recurre por todo; por
cualquier cosa que se produzca, recurrimos al
Respecto de este capítulo, Del Ministerio Públi- Fiscal de la Nación.
co, tengo pocas observaciones que hacer; pero
quisiera plantear una de orden general. Como dije, la expresión de los senadores fue de
adhesión.
A mi juicio, el Defensor del Pueblo debería ser
el Fiscal de la Nación. El hecho de que posteriormente se haya desor-
ganizado el Ministerio Público no quiere decir
Creo yo que éste es un país que tiene serias difi- que no pueda nuevamente organizarse. Yo creo
cultades económicas, que tiene que acostumbrar- que se debe organizar de nuevo, y el ambiente
se a concentrar recursos en aquellos puntos en actual es propicio. La Fiscal de la Nación está
donde puedan ser más eficaces; y, hacer doble trabajando activamente y ha nombrado una co-
una función solamente porque en otros países misión para presentar un proyecto de ley sobre
existe así diferenciada, creo yo que es un error. la Constitución Política vigente.
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