Page 411 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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que dependan exclusivamente del juez: el propio La primera es la preocupación por el tratamien-
juez los nombra y el propio juez los remueve. to que dé la Carta Constitucional a los tribuna-
les militares. Nosotros, siguiendo el mismo es-
Dentro de esas condiciones, el juez trabaja con quema de trabajo de la Comisión, en nuestro dic-
secretarios propios que lo llevan al conocimiento tamen en minoría hemos señalado, en el capítu-
de los casos. En los que son simples y de mero lo correspondiente, dos cuestiones que nos pare-
cajón, le llevan los proyectos de sentencia para cen esenciales: una, que el tribunal militar no
que los revise; y en los que son de doctrina, rea- puede pronunciarse sobre problemas de derechos
lizan el estudio previo de la jurisprudencia en humanos y que cualquier violación de derechos
los propios organismos, en los propios sistemas, humanos se juzga en el fuero común; y otra, que
para que el juez prepare las sentencias con toda los tribunales militares tienen que estar forma-
la jurisprudencia que necesita para el caso. Eso dos por oficiales retirados elegidos por sus pares
eleva la teoría judicial de los jueces que piden en un sistema análogo al que se ha diseñado para
unas resoluciones bien estudiadas, bien documen- los jueces civiles, porque no hay posibilidad de
tadas, de modo que la Corte Superior se encuen- autonomía en la decisión si se es dependiente en
tre con una sentencia bien preparada. Entonces, cuanto a la carrera y en cuanto a la vida práctica
es a partir de ese momento que se eleva el nivel del comando.
jurídico del Poder Judicial: primero, con el nivel
jurídico de los jueces; posteriormente, con el de Pero este tema no le corresponde a este capítulo;
los abogados; luego, con el de los tribunales su- lo que entiendo corresponde a este capítulo es lo
periores; y, finalmente, con el de la Corte Supre- que está en el artículo 160º del dictamen en ma-
ma. yoría cuando se señala que la Corte Suprema fa-
lla en casación respecto de acciones que vienen
Es fundamental que se tenga en cuenta para el de las cortes superiores.
Poder Judicial la existencia de ese sistema. Ade-
más de eso, hay que establecer un régimen fiscal En nuestro concepto, tiene que fallar también
como ya nosotros lo tenemos establecido con en casación respecto de las acciones que vengan
recursos económicos suficientes para abastecer del Consejo Supremo de Justicia Militar. Cree-
las necesidades de todo el Poder Judicial. Estoy mos que es el mínimo punto de contacto que pue-
de acuerdo con ese sistema, y creo que en todo lo de haber para que, efectivamente, haya un Po-
demás ya tenemos una doctrina bien establecida der Judicial que cubra todos los ámbitos.
en el proyecto de Constitución.
Este punto, que lo vamos a alcanzar por escrito,
Nada más, señor Presidente, y muchas gracias. quisiera que fuese tomado en cuenta, y ya sobre
este tema han intervenido otros oradores.
El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el
señor Henry Pease. El segundo punto también es común, y acá no
hacemos otra cosa que traer al Pleno la propues-
El señor PEASE GARCÍA (MDI). Gracias, ta que hicimos en el seno de la Comisión coinci-
señor Presidente. diendo con el Presidente de la Comisión de Jus-
ticia, el doctor Fernández Arce; me refiero al pre-
En el tema del Poder Judicial creo que hay un supuesto del Poder Judicial. Está muy bien que
punto en el cual ha habido consenso. Aunque no venga el Presidente de la Corte Suprema y sus-
corresponde a este capítulo, quiero comenzar tente en el Pleno del Congreso, pero no sacamos
resaltándolo: queremos que saquen las manos del mucho si eso se está dando a cambio de una nor-
nombramiento del magistrado tanto el Poder ma que decía que el dos por ciento debe estar
Ejecutivo como el Poder Legislativo. asignado, como mínimo, al Poder Judicial. Nues-
tra propuesta dice "el tres por ciento" y lo plan-
Ya en su momento, cuando discutamos el capítu- tea como mínimo. ¿Y por qué sostenemos que es
lo siguiente, mi bancada va a fundamentar su indispensable? Porque no va a haber autonomía,
propuesta para que en esa elección intervengan aunque pueda venir aquí el Presidente de la Corte
los ciudadanos y no solamente los representan- Suprema.
tes del foro.
Yo quiero recordarles algo que ustedes han apro-
Pero ahora quiero dedicar esta intervención a los bado con nuestro voto en contra. Según ustedes,
puntos correspondientes al primero de los capí- el Congreso no tiene iniciativa de gasto ni puede
tulos, y quiero comenzar señalando dos cuestio- aumentar los gastos. Con eso le han quitado una
nes que ya han sido planteadas por otras perso- facultad al Congreso; entonces, ¿qué importan-
nas que me han antecedido en el uso de la pala- cia tiene de que venga aquí el Presidente de la
bra. Corte Suprema? Resulta que el Poder Ejecutivo
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