Page 682 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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1979, mediante los cuales se exige al extranjero, individual y social y, en esa realidad social, tiene
como mínimo para adquirir la nacionalidad, su fines supremos en lo político, que es justamente
residencia en el Perú; además, a través de ellos, procurar el bien común, el bien de la sociedad
se supone asegurar que ese extranjero desea in- civil; y es el Estado el que tiene la responsabili-
corporarse a nuestra sociedad. dad de promover el bienestar comunitario, el bien
común como fin supremo en lo político.
Finalmente, señor Presidente, quisiera propo-
ner que se revisen los artículos 50º y 51º del ac- Por ello, al margen de lo detallado en el artículo
tual proyecto, porque hay una redacción defec- 39º de la propuesta en mayoría de la Comisión
tuosa, mucho más defectuosa que la que tenía la de Constitución, consideramos que, esencialmen-
anterior Constitución. Considero que estos ar- te, lo que debe estar consagrado en dicho artícu-
tículos pueden constituir uno solo, lo cual va a lo es lo referente a que el Estado tiene como res-
gustar seguramente al Presidente de la Comi- ponsabilidad, como fin principal, el procurar el
sión de Constitución, que está buscando reducir bien común. Pero qué es el bien común, señor
el número de artículos. Presidente, sino lo que bien indicaba Su Santi-
dad Juan XXIII: "La suma de los bienes, tanto
Los artículos 50º y 51º tienen repetición de con- materiales como espirituales", que en parte ya
ceptos, por lo que propongo a la Comisión de han sido consagrados en el ya aprobado artículo
Constitución que queden redactados de la si- 2º de la Constitución Política del Estado.
guiente manera: "El Estado ejerce soberanía y
jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su Consideramos que el artículo 39º del proyecto
territorio y su dominio marítimo sin perjuicio de Constitución es reiterativo y puede ser limi-
de las libertades de comunicación internacional, tado en lo que refiere a la búsqueda del bien co-
de acuerdo con la ley y los tratados ratificados mún como fin supremo en lo político.
por el Estado. El dominio marítimo del Estado
comprende el mar adyacente a sus costas, así El texto del artículo 41º es un tema central que
como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de en gran parte ha sido recogido de lo consagrado
doscientas millas marinas medidas desde la lí- en la Constitución de 1979.
nea de base que establece la ley".
Si me permite el Presidente de la Comisión de
Si se recogiera esta nueva redacción, el artículo Constitución, voy a hacer algunos aportes a la
51º debiera suprimirse. redacción de dicho artículo; pero no únicamente
en lo que refiere a incorporar como agente ca-
Señor Presidente, voy a alcanzar por interme- paz de insurgencia al pueblo en su conjunto, mas
dio de la Mesa las sugerencias a la Comisión de no solamente a la civilidad, sino que considero
Constitución. que hay elementos adicionales que deben ser
incorporados a esta propuesta presentada.
Muchas gracias.
En principio, debemos indicar que la propuesta
El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra en mayoría incorpora única y exclusivamente el
el señor Kouri Bumachar. derecho de insurgencia, y creemos que este de-
recho es la expresión más radical de lo que cons-
El señor KOURI BUMACHAR (PPC). Gra- tituye un derecho natural, que es el derecho de
cias, señor Presidente. resistencia al usurpador del poder.
El Partido Popular Cristiano, a través de las di- Es por ello que el derecho de resistencia tiene
versas exposiciones de los miembros de esta ban- una connotación tanto pasiva como activa. La
cada, ha manifestado con absoluta claridad que resistencia pasiva significa no obedecer a aquel
entendemos, dentro de una concepción social que, usurpando el poder, carece de legalidad y
cristiana, que la persona humana es el fin su- de legitimidad. Por lo tanto, si entendemos, en
premo de la sociedad y del Estado; que entende- una concepción tomista, que la ley es un orde-
mos no solamente de Boecio, sino del pensamien- namiento de la razón orientado hacia el bien
to aristotélico-tomista, que la persona es la sus- común, cuya promulgación corresponde a la au-
tancia individual de naturaleza racional y que toridad legítima, creemos que, si no hay autori-
esa racionalidad significa, justamente, la rela- dad legítima, no estamos en la obligación de cum-
ción con el Ser Creador y la inspiración de una plir con las leyes dadas entre comillas por
dignidad que es fuente y base de los derechos el ente o por la persona que usurpa el poder.
naturales inherentes a la condición de persona.
Es por ello que no solamente hay un derecho de
Esa persona humana, señor, tiene una realidad insurgencia en términos radicales o de última
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