Page 679 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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en que nosotros habríamos retirado el requisito lo que en su momento fueron los Capítulos I, II
de la cantidad de años de haber vivido en el Perú y III del Título II, referentes al Estado, la Na-
necesarios para poder nacionalizarse peruano; y ción y el Territorio.
hay quienes han criticado el hecho de que la eli-
minación de los tres o dos años sería negativa. En segundo término, es cierto que el espíritu y,
en algunos casos, la letra como bien lo ha di-
Quisiera decir, señor Presidente, que si se anali- cho Carlos Torres y Torres Lara se plasman
za históricamente el desarrollo de este concep- en el alcance de lo que tenemos a la mano, el
to, se verá que sólo en las últimas constitucio- dictamen de la mayoría.
nes ha habido la insistencia de los dos o tres años.
La Constitución de más vigencia que hemos te- En tercer lugar, es un capítulo sumamente rico
nido es la de 1860, con sesenta años de vida; que el que nos concierne analizar ahora, tal como lo
en realidad no fue sino la carta de 1856, con al- ha dicho ya el señor Humberto Sambuceti, y, por
gunas modificaciones, aunque acá se ha insisti- lo tanto, es probable que vayamos a demorarnos
do mucho en que la Constitución de 1860 es la en precisar algunos puntos que nos parecen im-
que ha tenido más vida. Desde mi punto de vis- portantes.
ta, en realidad, la constitución más importante
fue la de 1856, porque repito la de 1860 no Alcanzo entonces, para ver si es posible perfec-
fue más que una modificación de la de 1856 en cionar este título que es bastante bueno y que
unos cuantos y muy pequeños puntos. está bastante coherente y bien redactado, la si-
guiente reflexión: nosotros, hasta hoy, y ya esta-
Pues bien, tanto en la Constitución de 1856 como mos en el Título II, no hemos mencionado el
en la de 1860 no se establece tiempo, sino sim- nombre real y completo de nuestra patria, que
plemente habitar en el Perú y tener una profe- se llama República del Perú. Solamente lo leo,
sión o ser profesor de algún arte. Es más, si va- muy al desgaire, en el artículo 43º de este Título
mos hacia atrás, veremos en las constituciones II.
que el espíritu de nacionalidad americana es
mucho más amplio, pues se declara peruano a Señor Carlos Torres y Torres Lara, si fuera us-
cualquier americano que esté en el país y que ted tan amable de ver que dice: "La capital de la
desee nacionalizarse. República del Perú"; pero es una forma indirec-
ta de referirse a nuestra patria en su nombre
De modo que estos conceptos, que ahora se propio.
flexibilizan, tienen por objeto lograr que la iden-
tidad nacional esté vinculada no con el tiempo Sugeriría por ello, a pesar de cierta dificultad
de estadía o el monto de la inversión, sino con el que voy a señalar, que el texto del artículo 38º,
espíritu de identificación con nuestro pueblo para donde dice: "El Perú es una República democrá-
construir un país que nos una a todos. tica y social, independiente y soberana", diga, si
fuese posible, lo siguiente: "La República del Perú
En lo demás, se reiteran los conceptos funda- es democrática y social". Entonces, por primera
mentales que tienen nuestras constituciones vez mencionaremos de manera completa su nom-
anteriores bre: la República del Perú.
Estamos llanos a hacer los cambios que se con- Quizás hubiese sido pertinente incluir el nom-
sideren pertinentes. bre completo en las primeras páginas de la Cons-
titución, por la razón de ser las primeras pági-
Muchas gracias. nas; sin embargo, aquí sí es imprescindible, por-
que estamos hablando del Estado. Considero que
El señor PRESIDENTE. Han pedido el uso en este artículo sí correspondería esta sugeren-
de la palabra los señores Tord Romero, García cia, si fueran tan amables de tenerla en cuenta.
Mundaca y Kouri Bumachar.
No tengo más que destacar que los siguientes
Tiene la palabra el señor Tord Romero. tres o cuatro artículos se ciñen a los que la bue-
na Constitución de 1979 ya diseñó.
El señor TORD ROMERO (CD). Gracias,
señor Presidente. En cambio, el artículo 42º merece de mi lado una
relevancia, como ya se adelantó a hacerla el Pre-
Efectivamente, como ya se ha señalado respecto sidente de la Comisión de Constitución y de Re-
de la Constitución de 1979, según leemos, la que glamento. Me parece que heredamos en él una
nos alcanza la mayoría en su dictamen fusiona vez más y felizmente nuestra conciencia mo-
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