Page 657 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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derechos y deberes que corresponden a los servi- Por eso es que, pensando en el futuro, hay que
dores públicos así como los recursos contra las formular un proyecto de Constitución que recoja
resoluciones que los afectan". Señor presidente, las experiencias del pasado, reconociendo lo que
propongo agregar: "Constituye violación consti- ha sido positivo y rectificar aquello que no se ha
tucional el incumplimiento de la ley que regula cumplido o que ha traído corruptelas.
la administración pública y la carrera adminis-
trativa"; y luego, una cláusula transitoria, que Consideramos correcta, por eso, la primera pro-
podría ser incorporada al final, para garantizar puesta para declarar que los funcionarios públi-
el cumplimiento de la ley. cos están al servicio de la nación. Y hago una sal-
vedad respecto a definiciones que podrían pare-
La Constitución de 1979, incluso va a ocurrir con cer contradictorias entre sí y que valdría la pena
ésta, estuvo repleta de artículos que tenían que uniformar o definir con claridad. Funcionario
ser implementados vía ley; lo que no sucedió, y público, servidor público o servidor del Estado
mucho me temo que también sucederá con esta son varias de las denominaciones que se dieron
Constitución. en la vigente Constitución Política y que se repi-
ten también en el proyecto de Constitución de la
Por lo que me permito plantear la incorporación mayoría. Es necesario entonces definir con clari-
de una cláusula transitoria, en el sentido siguien- dad, porque se han presentado interpretaciones
te: "Todas las leyes que las normas de esta Cons- equívocas cuando justamente ha habido conflic-
titución mandan sean dictadas para el cumpli- tos concretos para interpretar cuáles son los de-
miento de las mismas, deben ser expedidas en el rechos y obligaciones de los diversos funciona-
plazo perentorio que dura la primera legislatura rios, servidores públicos o servidores del Estado.
ordinaria, a partir de la promulgación de la pre-
sente Constitución". Desde el militar, que al momento de establecer
las incompatibilidades, por ejemplo, para ejercer
Gracias, señor Presidente. el cargo de Ministro de Estado, tenía dudas si es
que se le consideraba funcionario público dentro
El señor PRESIDENTE. Tiene la palabra el de estos alcances o si tenía impedimentos; hasta
señor Fernando Olivera. aquellos que percibiendo ingresos con cargo al
erario nacional o a la cooperación internacional,
El señor OLIVERA VEGA (FIM). Gracias, que finalmente cubre el Estado peruano, se cree
señor Presidente. exento de cualquier tipo de obligación o de fisca-
lización. Es necesario, entonces, dar un criterio
Coincido con el congresista Barba en la impor- de uniformidad a lo que es el funcionario públi-
tancia sustantiva de este capítulo de la Constitu- co, y reconocer también que todos están al servi-
ción sobre la función pública. cio de la nación.
Lo que sucede es que, lamentablemente, el tér- Se ha señalado, con razón, que aquí se ha omiti-
mino funcionario o servidor público en nuestro do el principio fundamental de reconocer que nin-
país se ha visto devaluado; fundamentalmente, gún funcionario o servidor público puede desem-
por malos funcionarios públicos que han utiliza- peñar más de un empleo o cargo público remu-
do el cargo para fines subalternos; y por malos nerado, con excepción de uno más por función
gobiernos, que han hecho de la función pública docente. Este precepto constitucional creo que
una forma de recompensar el clientelaje político. es adecuado; sin embargo, ha traído mal uso. Hay
Ha sido, pues, un botín electoral; y los sucesivos casos, inclusive, como el que hace poco recorda-
gobiernos, fuesen democráticos o no, sin ningún ba el señor Cuaresma, de algún funcionario pú-
tipo de racionalidad, han ido incorporando más y blico de Madre de Dios, si no me equivoco, que
más funcionarios y servidores públicos; usando percibía hasta dos sueldos por lo menos, y que,
algunos de éstos el cargo para cometer delito, y sin embargo, le sacaba la vuelta al Fisco utili-
quedando impunes; lo cual ha propiciado el mal zando alguna influencia.
ejemplo, trayendo como secuela el desprestigio,
y junto a esto, el desaliento para el funcionario Este principio debe reconocerse, como también
público honrado. debe reconocerse ese sentido de justicia que con
toda claridad se establece en el artículo 60º de la
Por definición, el funcionario público debe tener Constitución vigente, y que ha sido recogido en
vocación de servicio. Ciertamente, no es la prin- el texto del artículo 35º, pero que, lamentable-
cipal motivación del funcionario público el pre- mente, no es cumplido por ninguno de los gobier-
tender progresar en términos económicos, como nos desde la vigencia de la Constitución. No hay
sí podría serlo al ejercer su profesión o su oficio tal homologación, no hay tal justicia en cuanto a
en el sector privado. las remuneraciones, bonificaciones y pensiones
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