Page 47 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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decir, no tiene sentido discutir si se hará una siguiente: en este momento existe la moción pre-
nueva Constitución o si sólo se reformará la ac- sentada por el señor Carpio Muñoz, con un aña-
tual. dido del señor Ferrero Costa, para decidir si la
descentralización es uno de los criterios impor-
En cuanto al planteamiento que señala a la des- tantes para el diseño de la nueva Constitución;
centralización como uno de los criterios que ins- esa sería la primera parte de la moción.
pire, diseñe y organice el sentido de la Constitu-
ción, podría aceptarse con cargo a que oportuna- La segunda parte es una adición del señor Henry
mente vayan incorporándose otros ejes que se- Pease, para que el Pleno se reúna en una sesión
guramente advertiremos a medida que tratemos especial a fin de definir la metodología y los cri-
los otros capítulos. terios fundamentales de la Constitución.
Junto con la descentralización, y quizás antes de La tercera parte acaba de ser presentada por el
ella, habría que señalar que otro criterio rector doctor Cáceres, en el sentido de que antes de la
es el del humanismo, la persona humana, la im- discusión en el Pleno del Capítulo I del Título I,
portancia de ella y sus derechos. Ese es un crite- se haga una gran difusión de dicho capítulo, ya
rio fundamental, tanto en la Constitución vigen- aprobado por la Comisión.
te como en la nueva; al extremo de que en la
Comisión principal hemos jurado enriquecer los La Presidencia sugiere que vayamos aprobando
dispositivos pertinentes de la Constitución actual. en orden las partes de esta moción.
En consecuencia, planteo como cuestión previa Por último, voy a conceder el uso de la palabra al
que antes de iniciar en el Pleno el debate del doctor Donayre Lozano.
Capítulo I se dé publicidad al trabajo de la Comi-
sión, para recibir sobre el particular aportes den- El señor DONAYRE LOZANO (CD). Señor
tro de un plazo razonable; y asimismo, que los Presidente: Hace aproximadamente dos años, en
planteamientos que formulen tanto la mayoría el mes de octubre si la memoria me es fiel, el
como los otros grupos políticos se ciñan al orde- doctor Carlos Torres y Torres Lara declaró a la
namiento de la Constitución vigente en cuanto a prensa que los decretos de urgencia a que se re-
sus títulos y capítulos.
fiere el artículo 211º, inciso 20), de la Constitu-
ción Política del Estado, tenían jerarquía de ley.
Este punto todavía no lo hemos debatido al inte-
rior de la Comisión; pero los de la minoría esta-
mos extrañados de que la mayoría nos haya al- Cuando formula estas declaraciones, parlamen-
canzado sólo sus propuestas respecto de los de- tarios de los distintos grupos manifiestan a la
rechos de la persona, y no sobre otros capítulos. prensa su determinación de censurarlo. Es así
En más de una oportunidad se había dicho que como, con ese propósito, se le invita para que dé
la mayoría tenía una idea completa sobre el nue- satisfacciones frente a las declaraciones que ha-
vo ordenamiento constitucional. En fin, todavía bía hecho. Concurre a la Cámara de Diputados, y
es tiempo de superar esta deficiencia. Ojalá que se reafirma en la tesis de que los decretos de ur-
la mayoría proponga otros planteamientos res- gencia tenían jerarquía de ley. Cuando ingresa-
pecto de otros capítulos o quizás un planteamien- mos al debate, quienes no habían leído la Consti-
to sobre el ordenamiento general de la Constitu- tución rebatían indebidamente al doctor Torres
ción. En ese sentido, creo que todos los grupos y Torres Lara.
políticos pueden hacerlo.
En aquella oportunidad entré en un interesante
Nosotros proponemos, por nuestra parte, seguir debate con el doctor Carlos Torres y Torres Lara.
el ordenamiento de la actual Constitución, vale Él sostenía una tesis totalmente distinta a la mía;
decir su distribución en títulos y capítulos, cuyo pero entendía que eran posiciones eminentemen-
orden será naturalmente alterado en la medida te doctrinarias como consecuencia de que el re-
en que pueda demostrarse en el debate de la Co- ferido artículo 211º en su inciso 20) sufría de va-
misión de Constitución que es conveniente se- cíos que teníamos que corregir.
guir un orden distinto o en todo caso ratificar el
que tiene la Constitución vigente. Y citábamos en aquel entonces la Constitución
francesa e inclusive la Constitución portuguesa
Concluyo, señor Presidente, confiando en que la de 1978, y conveníamos en que dadas esas lagu-
cuestión previa que he planteado habrá de ser nas, tanto la interpretación suya como la mía,
acogida por los distintos sectores que conforman antagónicas, tenían ambas un contenido y esen-
el Congreso. cia doctrinaria.
El señor PRESIDENTE. Debo mencionar lo Los años han pasado, señor Presidente, y ahora
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