Page 319 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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se da la impresión de que se gobierna bajo el chan- Indirectamente, también se refuerza la presiden-
taje del Parlamento. cia cuando se recortan atribuciones al Congreso.
En este caso se han recortado competencias; y
Creo que hay que hacer una revisión de estas afir- además, vía la disolución, que permite al presi-
maciones. Por eso, quiero comenzar señalando sim- dente fijar a su criterio en qué momento se re-
plemente las cuatro características que en mi con- nueva el Parlamento, lo que se está haciendo es
cepto tiene el modelo constitucional de la mayo- dejar un Parlamento chantajeado.
ría y que el Movimiento Democrático de Izquier-
da rechaza, no acepta. Queremos traer esto al de- Nosotros hemos coincidido con la mayoría en el
bate, para luego expresarlo en la discusión artícu- tema de la unicameralidad, pero no porque haga-
lo por artículo. mos dogma, lo fundamental es que nos parece más
eficiente; pero no es cierto que aumenta drástica-
Esas cuatro características me hacen afirmar que mente el poder del Parlamento, depende de cuá-
el proyecto de la mayoría presenta una Constitu- les sean las competencias.
ción autocrática, una Constitución antipopular,
una Constitución neoconservadora y una Consti- El balance no se puede hacer solamente entre dos
tución centralista. Permítanme que analice por qué instituciones: la disolución y la censura de minis-
y que señale caminos alternativos. tros. El balance hay que hacerlo en el conjunto de
las competencias. Aquí, señor Presidente, en la
Ésta es una Constitución autocrática porque todo propuesta de ustedes no hay equilibrio de pode-
el poder se concentra en la Presidencia de la Repú- res; y sin equilibrio de poderes no hay democracia
blica. Impresionan mucho las comparaciones que posible.
ha hecho el doctor Torres y Torres Lara con la Cons-
titución francesa. Cualquier análisis de las faculta- Adicionalmente, en un país sin historia de reelec-
des del Presidente de la República peruana en este ción, quieren incluir esta figura, cuando los úni-
proyecto constitucional, incluso en la Constitución cos antecedentes de reelección que tenemos son
de 1979, lo sitúan como una figura mucho más po- claramente dictatoriales.
derosa que el presidente de Francia.
Por eso insistimos en que ésta es una Constitu-
Comencemos por un hecho: el presidente de Fran- ción que consagra la autocracia. Ésta es una Cons-
titución, como bien decía la congresista Lourdes
cia tiene hoy que cogobernar con su partido oposi- Flores, hecha en función de un liderazgo perso-
tor. ¿Por qué? Porque es jefe de Estado, pero no es nal. Ésta es una Constitución que si toma ese ca-
jefe de gobierno. El jefe de gobierno depende de mino, va a hacer daño al Perú.
una correlación de fuerzas en el Parlamento. Esto
es algo que no ocurre con el presidente de la Re- También sostenemos que ésta es una Constitu-
pública peruana, que nombra a su discreción a su ción antipopular, porque son muchas las conquis-
gabinete. tas sociales que caen por tierra. Comencemos por
aquellas que ustedes mismos sostienen que son
La institución de la Presidencia de la República funciones del Estado.
se refuerza directamente con la reelección, con la
capacidad de disolver el Parlamento sin expresión Eliminan el artículo que hablaba de un Sistema
de causa. En términos prácticos, con la capacidad Nacional de Salud y que establecía su tendencia a
de desnaturalizar las leyes promulgando y obser- la gratuidad, al mismo tiempo que dicen que el
vando al mismo tiempo una ley. Pero esto llueve Estado debe ocuparse de eso y dejarse de ocupar
sobre mojado, porque viene sobre un presidente de otras cosas. Pero eso es lo que dicen las pala-
que ya tiene prácticamente todo el poder de la bras. Lo que dicen los artículos es, expresamente,
gestión económica, porque ya desde la Constitu- que el Estado deja esta función que estaba defini-
ción de 1979 se debilitó mucho al Parlamento en da en un artículo del capítulo de salud.
términos económicos.
En materia de educación, también se le ponen
Desde la temprana historia del Parlamento britá- restricciones a la gratuidad; y felizmente, a pre-
nico, la capacidad de decidir los tributos y de asig- sión de la minoría, se ha establecido que la gratui-
nar los recursos para definir en qué se gasta, ha dad también es para la secundaria y la universi-
sido claramente la función clásica del Parlamen- dad; porque en el proyecto original de mayoría no
to. El Parlamento en el Perú, tanto de la Consti- estaba considerado así.
tución de 1979, pero mucho más en el nuevo pro-
yecto, está atado de manos en materia económica; En seguridad social, ya no es garantizado por el
incluso se le ponen cortapisas a la función de fijar Estado, sino simplemente reconocido; mientras
los tributos, y mucho más a la definición de prio- que el Instituto de Seguridad Social prácticamen-
ridades del gasto. te desaparece de la Constitución.
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