Page 293 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VIII
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d. 5 de diciembr€ de 1962, cor 16 modi-
licaciones y adiciones que se co¡sig¡er onisitu del volo de los ¡.at¡abe¡os.
6pecial que Decesa.iá
né.rm. Los vocalcs y fiscales de Ia
Cone Surrena que fueron cesados en
L Los preccptos p¿ninéntes de cst¡ el eje¡cicio del cá.so por DrretGL€y
incluyen entre otras 130ó0; los qu. tu.r.¡ s¿parados, si¡ an-
disposicio¡es, las r€¡átilas al voio scc¡€ tejuicio co¡ritucio¡al, después de 1969;
to y oblisatorio , el escrutinio e. mesa, y los nagistrados que lo tuero¡ €n la ra-
2. I-os sena¡jor€s son elcgtdos lor el tilic.ción exi.m.dina¡ia de 1970, no pÉ
sisteña de la ciira reparridorá, sin loio vhlá en Ia cor*iiüción, ó a co¡secucn-
p.eferencial y sieui¿¡dose el o.Aen dc
cia del Dec¡eldley 21354, están expedi-
ros pra reingÉsar al servicio judiciáI,
3. Pa¡a lá disinbució¡ de las dip!.a sin previo concuso ni evatuació¡, sih.
ciones se consid¿ra.ár dn¡ritos €lccta-
pre que te¡eán nüos dc setenta aíós,
asl conó para qÉ se les conFure ¿e
á) L¡ provincia d¿ Lim; abono, sin gocc de habe¡, el lienpo
b) Las denás p¡ovi¡cias dcl dc. hanscur¡ido desde qnc fue¡ó¡ sep.¡a,
partanerro de Liñá; dos hastá que se promuleue ia Co¡sli
c) Cada üno de los denás depar- lu.ión o haf¡ quc cunFlan ser€¡ta
ianentos de la Ropública; y
d) La Provincia co¡sriluciona¡
DécLn.F.inren. El Südo de Ia Re,
¡úbiica, d.nrro de los sesenra días s
Las ciento ochenta diFtaciones se sxicrrs r s! inraláción, con el voro de
rrpart:n enire los nencionados dist.i_ la niiad más uno d: süs nienbros,
1cs el¿c.oÉles cn !tupo¡ción a la dem; prcccddá a rali¡ica. a lós vocáles de la
riad elecloral y demosráfica de cada üno corle SupEha. ?or su ¡arte, l¡ co.te
de eltos y ihié¡dose e¡ .uenial Suprcna, ¿n sala ¡l¿na, denttu .l¿ los
Que cada distilo €lecloral tie¡e dc cjenlo nein¡e dias siguicnres a su ¡ati
recho a por lo i.ación, en ieual forra, lrocederá a .a-
ülicar á los d:nás masisirados de la Re.
Q!3 la p.ovincia de '-ina tiene cúa !ública. E¡ ambos casos, se dará a!-
die¡cia s los int¿resados.
4.-La ckcción de dipurrdos es !o. cr Nirgúr ñágistrado judicial scrá se
sistema de la cifra repartidora, si¡ aoro p¿rado de s! .arCo sin sér pre{ianc¡t¿
prJ3re¡cial y sieuiéndose €l orden de úitado y oído. La ¡esollcjón debe cxp.e
sa.los fúndamentos en que se süsrenta.
5.-Lós ñierbros ddl Ju¡ado NáciG Hás¡a que se i.*ale el Go¡iemo cone
nal de Elecciones conlinilan er ejercicio ¡nücio¡d, l$ racantes que se produzcat
.le sus funciones y tiene. a su carco el ¿n le corte Su!¡ena se provcc¡ inre.i
p.oceso elecio¡al 19791930 ¡anerk en Ia forna ¡.evhla por,a '-ey
ó. Los partidos lo]ficos inscdtos ¿r orgánica del ¡o¿e¡ Judicial.
€l ReChiro no requie.e¡ r¿inscribjrse
pa.a el proceso ¿3 1979 30, co! dcepción Déctra.egúnda.-Declá¡ase la librc
de los que, habie¡do ladicip¡do en ei lEnsfcrcnci! de lós ¡onos de la Dcuda
prc.eso de r9ft, no alcanzarcn ¡eprcss' Agrari¡, ScrÁ oblisato.ia s! reÉpci¿r
Ior su vaio¡ nominal e inrer?ses deven'
?.-El iu¡ado Nacionar de Eleccio¡es gados, cüandó se ofiezcan en gardtis
.rab!:ce l.s nec,nismos Para ha'er ante Ios ba.cós de fomenlo d¿l Estado
'iabl: el loio dc los amlfa¡etos v de lara la finmci:ciól d¿ p.ortc.os á los
los petuanos residenies e. el cxtrDl: qu: sc cóndrá cor ú apofré ieual e¡