Page 556 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VI
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Presi¿lnte,  el  Co¡Ereso  Económico  Na-     E¡  .ua¡to  al aficdo  130,,  que dice:
               cion¿l ¡o  es nada                         ''q!¿   lás  op¿raciones de éndeudamientó
               consuli¡lo  del  Esado  ó  Ia formulación   éxrcrno c  i¡temo  d:l   cobier¡o   central  y
               denocrÁtim de ]a    ]rlanificación,  es  el  de los orsDismos públicos, deb€¡ s¡
               conscjo  co¡sulituo  d€  la  Plánificació¡.  aniorizados  F¡   ley",  mc  ¡aE.e   nuy  pe_
               algo nás, señor Presidenté, el  nodelo     ligrosa la redacció¡ de est¿ artrculo,  ya
               ¿el consr3so Eco¡ómico  Nacional  na  si   qüe sE .srrblece  que los o¡C.¡ismos  que
               do  to¡ádo  d¿ Bélgic¿, donde hay una      no  pdtúece¡    al  gobier¡o  .cntral,  tales
               insrituci&  senejante, flya  funciór  nó es  cono  enpresas¡  ¡reden   confatar  em-
               .ada  DÁs  que consrniila.  E¡  ese orsa   prúsiitos de acúe¡do  a    1¿y, a sus ¡o¡
               nisno  6iár  .eFesenrados  el  capiial,  el  nás  lcsales.  Esto s.  !¡esiarja  a quc tos
               trabajo  y  e] Edado;  y  se llama  no  co¡-  dneciores  de esas  em¡¡€s.s  cont.alen  a
               ereso  Eco¡ómico  Nacioml  si¡o  coNeio    su  real sabe¡ y  entender  préstamos  qu¿
               Co¡suitivo  d€ Pl¡nifi  .ación.            pueden  so¡ lesilos  al i¡t:rés  nacionsl,  sin
                 De ial  mmm,    scño. I¡esidenre,   Plar-  que naya !n  e¡ectivo control  d€ qDime3
               tso,  qüe deslués  del  úr'culo  127,, co¡  son dépcitarios  de la vorúntad  lopular:
               tinúe  lo  que  üfed¿s  d€noni¡m  el  con-  el cólcaso  de la República.
                                                             E¡  cuanto al artldlo  1331, cEo  que e¡
               da más  ni  ¡da  mems  que ei  cors¿jo     los disti¡ros  grupos  pólfticG  s:  ha  pr
               consultilod¿     anificación.              ducido  una  reciificación  inteÉsa¡ie  d
                 En  cua¡to al articulo 123r,  esloj'  de  señalár  que €l  Co¡iÉlor  General  de  la
                                dos prime.os parágra- República  debe  se.  el¿sido por  él  co¡
               fos,  pero  en €l  tercero  creo que sE debe  cre6o  y  no por el PodEr Ejecútivo, l{as
               inclüir  ra patabra   'pubticación".   El   pc  ra á¡órá  el contralor  ia  sido  nonbndo
               supue*o  ce¡@l     de  la  Repúblic.  debe  Dor €l  Presidúte  d€ Ia República,  y  la
               ser de co¡ocinienlo del  !üeblo lenano,    ierdad  és  que  su  labor  sarvo co¡radlsi
               que conrri¡uye  cor  Ios impueslos al  so*  nos  casos, bs  siAo ¡asldts   ¿eficiente
               te¡inic¡io   de la  ¡nrocncia   eslalal;  €¡  En  el  áctual  gobiemo,  por  ejenplo,  el
                                  enfenjneúar.zó¡         conrÉ¡or  Gen¿ral ¿c la Rcpública  s  un
                                                          ge¡eral  de bricadá,  qúe  no  esrá e¡  con
               le debe dr  pu¡licidad,  se le  de¡e  dar á  diciones de pod¿r conirol   a u  lic+rt
               conocer en los últiúos  n¡cones  del  !ais,  mi¡ant¿,  a un tenienle  ser¿ml  o á u¡   3*
               y esle eleménro de ¡a püblicidad  debe els  n€ral  de divisió¡,  porqDe sor  sus jefes.
               v¡rse  sl mnsó  conr¡ucio¡d.               Elllantemiento  qü¿  h@¡  los distinios
                 Er  danio  al  arti.ulo  129e,6toy de    srupos   poliricós,  €n el seniido  de qú¿ el
               ¡cuerdo  a  los  dos priúe¡os  parlgnfos   corhaló¡  Goem¡  de¡e  ser  elec¡do   !o¡
               c  i¡cluso  én el tdcerc,   lero   creo qú:  €s  el cóngÉso,  me  Faece  ¡6bn1e  ácert&
               contnle¡iesnadir"bajóÉ3losabilidad         do:  re¡o  Nef.ó   plmteamienlo  va  más
                                                                                         "ra
               de  quien losotorgüe", El africdo 129ad    lei6.  Pla¡ieamos  lo siElie¡te:   supe.
               su parásnfo  3r dicc:   "No   hay privil¿gios  lisión  de la  ejecuci&  de los  prespües'
               lersoDles   ¡i  inslitucion¡ls   o  ba&na   tos  del  seclor   Pú¡tico   y  las  oP€raciones
               Íi¡üia   a  . E¡  la  aclul  legúlación  tam-  de la deúda  ¡ública,   ási cono  Is   s€stión
               bién  hay ú  articulo  smejant€  o ielaL:  o ulilizació¡  de bimes  o Fcüsos   públi
               y sin mbargo,  somos  tenisos  de qué hay  cos, esrará a carso  del  Sistema Nácionrr
               privUogios  iútitúcionáles   y  privilegios
               pcrso.¡ies,  y  es  que !o  se esiablece sd-  En  cuulo  al  articdo  134e, diir!  1o si
                                                                    "El
               ción.  Creo  que  lara   que  el  dticulo  3ea  flie¡te:   sistúa   Nacionll  de  cd-
               nás  completo,  se ¿¿be nñdni   "bajó   ¡es  tol  dirigtdo  !ór   u   órgáno  .ohsido
               po.sabiüdad  de quien los oiórsue  ,  y asl  non¡rado  po.  €l corgÉso  en el qü¿ tic
               se  podai  esta¡¡ecer .eslo¡s.biridad.s  ad-  ¡en reFees¡tación  las mimrlas  parlancl
               mi¡ishati{a3  €¡  u¡os  casos  y  responsa-  larias,  eliCe enrre sus mihbros   .1 Con-
               bilidad¿s pdr€s  €r  otros.                 1¡alo¡ coqal   po.  u  pr¿o  d€ sicE aáos
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