Page 246 - Debate Constitucional 1978 - Tomo VI
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Cdne.o, en 16 cuales s ha dicho qE nario hay a¡tfculos, del 35e ál ?3e inclF
€rá áusd!€ aquello del deber co¡ónicó sive, d¿l 129, ál l33e y las disposicion6
y d¿ la indelende¡cia eco¡ómica que es eserciales de lós ¿ticüls 21 51 7e, amé¡
iú inporran!é pam u lais subdesa- de ors¿nizrciones cono e¡ consejo ?ol!
nolLdo y que por leto no podmos die iico Nacioml ó €1Tribúal de Gara¡ilas,
dúecb8.omo
loca. lales nocion¿s de lo poütico. qúe rkndm a sar¿nri?ar
Estmdo aúsdtes dél capllülo cn diba- húbj¿^ €l coddaÜvo l]rnpliniento de
te iates conceptos n€cesdios, lo sttúú de¡É¡es Este con(epio de ¿erebcrkbu
m ua iúe.prElación individualista. Re ode déber ildcho 6lá inclusive d el 'il-
cordenos állá en el pasado, cua¡do se lino á¡¡lc1io de lá Dddáción de DeÉ_
hablaba de los lhiles al d:recho solea chos Ema¡os, del mal se desPude la
te por hcdio del a¡orismo roma¡o s¡.
nun jus sünna injuria y poserjom@' ?o. estas wones, ¡ay que áPoyar ios
t¿ la ieorla del a¡nso del deñcho. tcrc sufilulonos pr6entados po¡ tos rclre
dá¡do sé ha avaudo imio por nedio sentanl$ Neyra, Del Pr.do y Dia Car
del derecio social, concebido m sólo ce seo 6 ¡omlre de sús csp€ctivos eru
mo laboral si¡o como qeador dc nuevas pos y los que rosokos presái€mos, al
cates!¡ias jürfdicG¡ólliias e inchsivE como oger Ió cd¡c¿sfomul]drs nor
p.ú évita.la liberlad coninctul có' la
que tmro se ha abusado, €s necesrio i¡- Debo¡o¡:re¡I¡sk ú aqucl deber que
clui ¡úevas nocio¡es, cono rrnbién diFdel viür ptdf'am¡nL€ Eó un paÉ
olras del derecho pliblico, su¡desamllado €sto equiule a ü. ráro
del,ér de mórirse de hanbrei t rcclerdo,
D:sde el siclo pasado, honbEs tar !¡u qx: m el dr(ho snóni.o
d¿ntes y ¡lsrá conseNado.s conó La- lor€jemplo, óoespúib¡: noes e
d
h
elhuito úéli.o
corddre d€cia, .efiriéndóse a la libdbd lito a pesár de que va e¡tra Ia rcláción
É.onómica: "Bniré el .ico y el po!e, en- D¡clfi.tr delos pe6o¡s E¡ úo sodedod
ire el tue¡re y el débil, ls libe ád es la erolot¿da, e¡ xo' soci€drd de iojusli'
que opúme y Ia ley la q@ li¡eÉ". En- ciis. el deber constie nás lid d tans
ionces har que bedjta¡ en ¿s¡e spitulo fom¿rliypuedc llee¿L lEra el ejercicio
D¿ los Deberes dó¡de y cómo efá libe' rld derelho de re¡clión, (omo rr lo ¡e
¡an¿o o coniribuy:¡do a liberd la Ley *!üeslo srrdiomenE,
¡udm€ntal al hombÉ pe¡ua¡o, cuya jn- tanpocó es ac¿ptau¿ el reepero a_
mensa máyo¡ia, como nüy bic¡ s ha di- fático a nn or¿enamiento juridico, !o.
cho áqui 6 buchas ssioEes y lor dis- qre el deÉclD, segrí¡ dice úding,
-es
tints bancadas, está !ádeciendo d nam como satúmo: que devos a ss pmpt6
bre, ñis*ia, ¿xplolación, ircultua, in- hiios, Eso oM¿ co¡ todas las insti_
luciones, con la proli€d.d, lues el 9ro-
?or eso pierso qre ¡o se Pu€dé disle piebrismo del sigTo las.do y.ie.oñiú
csr lo Dolltico de 10 eco¡ónico y soci¡r, zos ,le ene siElo ¿srá cuhinmdo ¿horl
c insisto en que el süstirutório del Fñor con l¡s fomas de Drotiedad social, coó_
Neyaa Éscal¿ la impo¡tdcia del dérecho Derátila, coúúnituia, socialiada, socia-
derb de ¿s1e capftülo, AsÉsó qú¿ si se iista. E1 der@ho a!úia a ta juricia v si
hablá de úa demoüaci! de iÉbajado.€s lá ley no es adeúada PaE Ésponder a
Da¡Da]¿s e inlel4tuales, ile úa Re!ú_ lss.4esid¿d€s, a las €xisscias de um
blica ¿e irabajadores @¡ú16 e i¡te_ sociedad que ¡ús€ l¡ jtrrici¿, lnes l¡sv
ledú.les, yo cru qu€ no podeños h!.- aÉ camlis. la ley .omó décia con rdto
taf el cu€rpo r¿slecro .le co¡siderd qi. a;idto u !ésonaj€ td respelabie cdÓ
rertos eoñnicÉocial* en est€ úpf-
E. cnúto al rticlnó 64e cr*mos qúe
Ouiero ¡Íe. pÉse¡ie, q@ a el PÉ !o debe desapaM si¡o debe Édúcin€
'rcro d€l Pafirlo socialisra Rtulucie r an@d el debd dé la edu.acióL