Page 60 - 2017\Debate-2017\Debate(3)
P. 60
Hoc del Fonavi, para que oportunamente pueda formalizar la propiedad y dar la
titulación.
Alcanzaré la fórmula legal en su momento a la presidenta de la Comisión de Presupuesto.
Otro aspecto que no deja de ser una preocupación, especialmente de la representación
parlamentaria provinciana, es el tema del Fonavi. Si bien los fondos aún pendientes de
pago del Banco de Materiales son fondos que corresponden a la Comisión Ad Hoc, la
comisión liquidadora, después de haber hecho una exhaustiva evaluación, ha identificado
que los prestatarios son de distintos componentes sociales. Hay algunos que están en la
mejor disposición de poder pagar; otros que pueden pagar a regañadientes, si se les da
cierta flexibilidad, por ejemplo, en cuanto a los intereses; y un tercer componente
formado por quienes no pueden pagar sus deudas. Y a efecto de ello, se hace necesario
castigar a estos prestatarios del Banco de Materiales.
La fórmula legal la hemos venido trabajando con la Comisión Liquidadora del Banco de
Materiales y también con la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc del Fonavi. En su
oportunidad, vamos a alcanzar la fórmula legal a la presidenta de la Comisión de
Presupuesto, pero leeré el texto que hemos redactado:
“Facúltase a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625, en su calidad de
administrador de acreencias, fondos y activos del Fonavi, a:
1. Reestructurar, refinanciar y fraccionar las acreencias del Fonavi, castigar las cuentas
que tengan la calificación de incobrables, así como a efectuar la disposición de activos,
bienes muebles e inmuebles en propiedad del Fonavi.
Lo dispuesto en esta norma legal no es aplicable a las acreencias del Fonavi
comprendidas en la Ley 28870, su norma complementaria y reglamentaria, las que se
rigen por lo establecido en dicha ley.
La comisión puede autorizar a las entidades que administran los fondos de propiedad del
Fonavi a aplicar lo establecido en el presente literal y a inscribir en Registros Públicos–
Sunarp contratos y demás actos que se requieran para el saneamiento legal de inmuebles
de propiedad del Fonavi, para la aplicación de la Ley 29625, su modificatoria y normas
reglamentarias, con la sola emisión y suscripción de un documento privado con firma
legalizada, el cual constituye título suficiente para todos los efectos legales.”
Detrás de esta propuesta normativa hay un acto de justicia. Desde hace
aproximadamente dos décadas, personas de avanzada edad —casi un 90% de ellas
superan los 65 años— están a la espera de una subsanación de su propiedad. Y aquí,
tras esta fórmula legal, hay una expectativa. Es justicia impregnada de realismo, pero con
un alto contenido social. Además, reitero, esta ley no genera gasto al Erario Nacional.
También haré llegar esta fórmula legal a la presidenta de la Comisión de Presupuesto.
En cuanto al tema de las universidades, si bien se nos ha alcanzado en el artículo 8 del
proyecto de la Ley de Presupuesto una fórmula bastante interesante, en ella se señala que
el ascenso o promoción de docentes solo podrá producirse en aquellas universidades que
60