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Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV - Diario de los Debates     2905

                  Las universidades públicas podrán utilizar los   segunda, en el mes de mayo del Año Fiscal 2013,
                  recursos provenientes de las transferencias por   conforme al siguiente detalle:
                  concepto de canon, sobrecanon y regalías mineras,
                  para financiar la elaboración de sus estudios de   a)  S/. 3 500,00 a favor del personal médico en el
                  pre inversión, en sus etapas de perfil y factibilidad   mes de diciembre de 2012 y en el mes de mayo
                  de los proyectos de inversión pública, en el marco   de 2013.
                  del Sistema de Inversión Pública, hasta el 5%.
                                                              b)  S/. 2 500,00 a favor del personal profesional
                  TRIGÉSIMA OCTAVA. Dispónese la creación     de la salud no médicos en el mes de diciembre de
                  en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos   2012 y en el mes de mayo de 2013.
                  (Minjus) de una unidad orgánica encargada de,
                  entre otros, formular, ejecutar y supervisar los   Dichos bonos no tiene carácter remunerativo,
                  proyectos de inversión a cargo del Ministerio   compensatorio ni pensionable y no están sujetos
                  de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto   a cargas sociales. Asimismo, no constituye base
                  Nacional Penitenciario, con el fin de promover   de cálculo para el reajuste de las bonificaciones
                  el acceso de la población, en especial de la más   que establece el Decreto Supremo 051-91-PCM,
                  vulnerable, a los servicios de justicia y contribuir   para la compensación por tiempo de servicios o
                  a disminuir la grave crisis del Sistema Nacional   cualquier otro tipo de bonificaciones, asignacio-
                  Penitenciario.                              nes o entregas.
                  Para efecto de lo anteriormente establecido, facúl-   Los referidos bonos, se financiarán en el año
                  tase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos   fiscal 2012 con cargo a los saldos que muestren
                  (Minjus) y al Instituto Nacional Penitenciario   en los proyectos de inversión pública al 31 de
                  (Inpe) a reestructurarse orgánicamente y modifi-  diciembre de 2012 en la fuente de financiamiento
                  car sus documentos de gestión a fin de adecuarlos   Recursos Ordinario del Pliego 011 Ministerio de
                  a lo dispuesto en el párrafo precedente, los cuales   Salud, para tal efecto, exceptúase a dicho pliego
                  son aprobados mediante resolución ministerial   de lo dispuesto en el párrafo 7.1, literal a), del
                  del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,   artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley
                  quedando exceptuadas ambas entidades de las   27245, Ley Responsabilidad y Transparencia
                  normas legales y reglamentarias que se opongan   Fiscal, y sus Modificatorias; del artículo 41 de la
                  o limiten su aplicación.                    Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de
                                                              Presupuesto; y de la tercera disposición comple-
                  Asimismo,  autorízase  al  Inpe  a  transferir  al   mentaria y transitoria de la Ley 29812, Ley de
                  Minjus, mediante decreto supremo, refrendado   Presupuesto para el Sector Público para el Año
                  por los Ministros de Economía y Finanzas y de   Fiscal 2012. Asimismo, dispónese que, para el
                  Justicia y Derechos Humanos, a propuesta de este   Año Fiscal 2013 dichos bonos se financiarán con
                  último, los recursos necesarios que se requieran   cargo al presupuestos institucionales del pliego
                  para el cumplimiento de las funciones que se   011 Ministerio de Salud, quedando exceptuados
                  asumen como consecuencia de la aplicación de   para tal efecto de lo dispuesto en el artículo 6 de
                  la presente disposición.                    la presente norma.

                  TRIGÉSIMA NOVENA. Autorizase, de manera     Para el financiamiento de lo dispuesto en el pre-
                  excepcional al Ministerio de Salud a otorgar un   sente artículo autorizase al Ministerio de Salud
                  bono extraordinario por trabajo médico y asisten-  para realizar modificaciones presupuestarias en
                  cia nutricional a favor del personal médico ciru-  el nivel institucional a favor de los organismos
                  jano cuyas plazas se encuentren consideradas en   públicos adscritos al sector y de los gobiernos
                  el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del   regionales mediante decreto supremo refrendado
                  Ministerio de Salud, sus organismos públicos y   por el Ministro de Economía y Finanzas y el Mi-
                  los gobiernos regionales; y un bono extraordi-  nistro de Salud, a propuesta de este último.
                  nario a los profesionales de la salud no médicos
                  cuyas plazas se encuentren consideradas en el    La presente disposición entra en vigencia el día
                  Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de las   siguiente de la publicación de la presente ley.
                  entidades antes citadas.
                                                              CUADRAGÉSIMA. Otórgase vigencia perma-
                    Los  bonos  a  que  hace  referencia  el  párrafo   nente al Fondo AGROPERÚ, creado por el Decreto
                  precedente,  se  otorgarán  por  las  respectivas   de  Urgencia  027-2009.  Asimismo,  autorízase
                  dependencias, en dos etapas, la primera etapa   a la Dirección General de Endeudamiento y al
                  en el mes de diciembre del Año Fiscal 2012, y la   Tesoro Público a depositar en las cuentas del


                                                                  22.  d sesión (matinaL) 30-11-2012 - Diario de los Debates
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