Page 68 - 2012\Debate-2012\Debate(3)
P. 68

2906   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2012 - tOmO iV

                  Fondo AGROPERÚ, con cargo a los saldos de los   b)  Notificación previa a los propietarios, ocupan-
                  recursos del Tesoro Público al 31 de diciembre   tes o posesionarios del bien a expropiar.
                  de 2012, la asignación de la suma de S/. 40 000
                  000.00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUE-     Una vez otorgada la posesión anticipada del bien
                  VOS SOLES), los que se sujetan a lo establecido   a expropiar el sujeto pasivo debe desocupar y
                  en el Decreto de Urgencia 027-2009, así como a   entregar el bien expropiado en el plazo máximo
                  las disposiciones legales vigentes que regulan el   de veinte días hábiles.
                  referido Fondo.
                                                              La Superintendencia Nacional de los Registros
                  Establécese que los recursos de dicho Fondo   Públicos queda obligada a inscribir los sucesivos
                  se encuentran exceptuados de lo dispuesto por   actos de traslación de dominio de los predios ex-
                  el literal a), del párrafo 7.1, del artículo 7 del   propiados necesarios a favor del sujeto activo, con
                  Texto Único Ordenado de la Ley 27245, Ley de   el solo mérito de la solicitud en el marco de la ley
                  Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modi-  de expropiación específica que se emita.
                  ficatorias, aprobado mediante Decreto Supremo
                  066-2009-EF.                                CUADRAGÉSIMA TERCERA. Dispónese que,
                                                              a partir de la vigencia de la presente ley, los plazos
                  La presente disposición entra en vigencia el día   a los que se hace referencia en el Decreto Legis-
                  siguiente de la publicación de la presente ley.  lativo 1012, Decreto Legislativo que aprueba la
                                                              Ley marco de asociaciones público-privadas para
                  CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- Autorizase a         la generación de empleo productivo y dicta normas
                  la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida   para la agilización de los procesos de promoción
                  sin drogas (DEVIDA), a otorgar recursos hasta   de la inversión privada, pueden ser modificados
                  por el monto de S/. 30 000 000.00 (TREINTA Y   mediante  decreto  supremo  refrendado  por  el
                  00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a su presu-  Ministro de Economía y Finanzas.
                  puesto institucional, como apoyo a las actividades
                  conjuntas a que se refiere el inciso c) del numeral   CUADRAGÉSIMA CUARTA. Autorícese al Go-
                  VII del Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la   bierno Regional del departamento de La Libertad,
                  República del Perú y el Gobierno de los Estados   para incorporar, hasta el mes de marzo de 2013,
                  Unidos de América para el proyecto de control   los recursos no ejecutados, al 31 de diciembre
                  de Drogas, ratificado por Decreto Supremo N.°   de 2012, a que se refiere el Decreto de Urgencia
                  031-96-RE, y en el marco del citado acuerdo. La   043-2011 y la Sexagésima Segunda Disposición
                  aprobación del otorgamiento de dichos recursos   Complementaria Final de la Ley 29812, Ley de
                  se efectúa mediante resolución del titular de   Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
                  DEVIDA.                                     2012, mediante decreto supremo refrendado por
                                                              el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud
                  La presente disposición entra en vigencia el día   del Gobierno Regional del departamento de La
                  siguiente de la publicación de la presente ley.   Libertad. Para efecto de la presente disposición,
                                                              exceptúase de lo establecido en el artículo 7, pá-
                  CUADRAGÉSIMA  SEGUNDA.  Dispónese           rrafo 7.1, literal a), del Texto Único Ordenado de
                  que en los procesos de expropiación de los bie-  la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transpa-
                  nes  inmuebles  de  dominio  privado  que  sean   rencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante
                  necesarios para la ejecución de obras públicas de   Decreto Supremo 066-2009-EF.
                  gran envergadura, para la desposesión del bien
                  y previo al pago en efectivo de la indemnización   Asimismo, autorízase al Gobierno Regional del
                  justipreciada, el juez o árbitro de la causa, según   departamento de La Libertad para efectuar una
                  sea el caso, puede otorgar la posesión anticipada   transferencia  financiera,  aprobada  mediante
                  del bien a expropiarse a favor del beneficiario,   Acuerdo de Consejo Regional y previa suscrip-
                  bastando únicamente la solicitud del sujeto activo   ción de Convenio, a favor del Fondo Nacional de
                  adjuntando lo siguiente:                    Financiamiento de la Actividad Empresarial del
                                                              Estado (Fonafe), con cargo a los recursos a que
                  a)  El certificado de consignación en dinero del   se refiere el párrafo precedente, con el objeto de
                  monto resultante de la indemnización justipre-  que Fonafe pueda adquirir una draga para el
                  ciada. De no ser posible determinar en esta etapa   mantenimiento de los puertos del litoral peruano
                  el monto de la compensación, bastará la consig-  y/o para la solución definitiva de la reposición del
                  nación del monto del valor de tasación comer-  borde costero de los balnearios Las Delicias, Bue-
                  cial actualizado realizada de acuerdo a la nor-  nos Aires y Huanchaco, ubicados en los distritos
                  mativa vigente.                             de Moche, Víctor Larco Herrera y Huanchaco,


                   Diario de los Debates - 22.  d sesión (matinaL) 30-11-2012
                                      a
   63   64   65   66   67   68   69   70   71   72   73