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                   Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2007 - TOMO III
                  En las zonas de baja densidad poblacional, a pe-  tía del Estado a que se refiere el párrafo 9.1 del
                  dido de los gobiernos regionales y debidamente  artículo 9.° de la Ley N.° 27293, Ley que crea el
                  sustentado, el Ministerio de Economía y Finan-  Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi-
                  zas podrá establecer requisitos diferenciados, in-  cada por las Leyes núms. 28522 y 28802.
                  cluido el monto mínimo, para la creación de nue-
                  vas unidades ejecutoras.                    Novena.— Exceptúase a las Cajas Municipales
                                                              de Ahorro y Crédito, a las Cajas Municipales de
                  Sexta.— Las entidades públicas, bajo responsa-  Crédito Popular y a los organismos públicos des-
                  bilidad de su Titular, deben cumplir con el pago  centralizados de los gobiernos locales encargados
                  de aportes mensuales a la Oficina de Normaliza-  del Servicio de Administración Tributaria (SAT)
                  ción Previsional – ONP, a las Administradoras  de la aplicación de las normas de austeridad, de
                  Privadas de Fondos de Pensiones y al Seguro  racionalidad y disciplina presupuestaria compren-
                  Social de Salud – EsSalud, de conformidad con  dida en la presente Ley.
                  la normatividad vigente. La Contraloría Gene-
                  ral de la República verifica el cumplimiento de  Décima.— Facúltase al Ministerio de Economía
                  esta Disposición.                           y Finanzas para que, en coordinación con la
                                                              Superintendencia Nacional de Registros Públi-
                  Sétima.— Dispónese, para los eventos interna-  cos, conformen, en la sede central y zonas
                  cionales a desarrollarse en el Perú, las siguien-  registrales, las unidades ejecutoras necesarias que
                  tes medidas:                                garanticen flexibilidad y eficiencia en la opera-
                                                              ción de los servicios registrales.
                  a)Exceptúase de la aplicación del artículo 8.° pá-
                  rrafos 8.2 y 8.3, y del artículo 9.°, así como de las  Asimismo, para que en coordinación con el Gobier-
                  normas del Texto Único Ordenado de la Ley de  no Regional de Piura, conformen, en la sede de la
                  Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Re-  Subregión Morropón – Huancabamba, la unidad
                  glamento y demás normas complementarias, a  ejecutora del Proyecto Hidroenergético del Alto
                  las contrataciones, adquisiciones y toda otra ac-  Piura; y en coordinación con el Gobierno Regional
                  tividad preparatoria que se realice durante el año  de La Libertad, la creación de la unidad ejecutora
                  2008, para el desarrollo de los siguientes even-  del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas
                  tos:                                        ‘Luis Pinillos Ganoza’ IREN – Norte del Gobierno
                                                              Regional de La Libertad, Pliego N.° 451.
                  i)La XVI Cumbre de Líderes del Foro de Coope-
                  ración Económica Asia-Pacífico (APEC), incluyen-  De igual forma, para que en coordinación con el
                  do reuniones ministeriales, conferencias especia-  Pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
                  lizadas y otros eventos que se programen en ese  – MIMDES, autorice la creación de la unidad
                  marco.                                      ejecutora ‘Dirección General de Proyectos Socia-
                                                              les y Económicos’, que operará bajo la modalidad
                  ii)La V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobier-  de núcleo ejecutor, en el mencionado Pliego.
                  no de América Latina y el Caribe-Unión Euro-
                  pea.                                        Undécima.— Autorízase a la Superintendencia
                                                              Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS
                  b) Una vez culminados los eventos señalados  la ampliación de su Cuadro de Asignación de Per-
                  en el literal a), los bienes adquiridos con recur-  sonal, en concordancia con su Presupuesto Ana-
                  sos del Tesoro Público para dichos fines serán  lítico de Personal, aprobado por la entidad, siem-
                  distribuidos por la Presidencia del Consejo de Mi-  pre que cuente con disponibilidad presupuestal
                  nistros de acuerdo a las necesidades del Sector  proveniente de recursos propios, para lo cual se
                  Público y conforme a lo que establezca la Comi-  exonera de las restricciones dispuestas en el De-
                  sión de Transferencia de Equipos que, para tal  creto Supremo N.° 043-2004-PCM.
                  efecto, se instaure en dicha entidad. Esta dispo-
                  sición no alcanza a los gobiernos locales y regio-  Duodécima.— Autorízase al Instituto Nacional
                  nales que serán sedes de las reuniones descen-  Penitenciario – INPE para efecto de plantear una
                  tralizadas del Foro APEC 2008.              propuesta de reestructuración de dicha entidad,
                                                              a fin de poder establecer una modificación que
                  Octava.— Autorízase al Ministerio de Econo-  permita establecer beneficios remunerados por
                  mía y Finanzas a delegar, total o parcialmente,  concepto de ‘Riesgo de Seguridad y Vigilancia’,
                  su atribución de declaración de viabilidad de los  que cubra a los trabajadores de dicho Instituto,
                  proyectos que se financien con operaciones de en-  en concordancia con el artículo 132.° del Código
                  deudamiento u otra que conlleve el aval o garan-  de Ejecución Penal, Decreto Legislativo N.° 654.


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                   Diario de los Debates - 9.   V SESIÓN (MATINAL) 27-11-2007
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